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La Audiencia deniega a los padres de Marta del Castillo aclarar la sentencia absolutaria del Cuco y su madre

La Audiencia deniega a los padres de Marta del Castillo aclarar la sentencia absolutaria del Cuco y su madre
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  • Publishednoviembre 14, 2024


EL Primera sección de la corte de Sevilla la familia de M se negóarte del castillo, asesinado el 24 de enero de 2009 y cuyo cuerpo nunca apareció, el pedido de esclarecimiento del sentencia absolutoria por el delito de perjurio tiene Francisco Javier García “El Cuco”condenado por recibir bienes robados, y su madre.

A sentencia de dos años de prisión que fue anulada por la Audiencia Provincial de Sevilla, así como la indemnización a los padres de la joven asesinada, por la que el abogado de la familia, Torres Inmaculadapresentó un escrito reclamando “un complemento” a la sentencia, rechazado en un auto remitido este jueves por la Fiscalía Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

El abogado solicitó que en el citado suplemento se indique que los dos imputados admitieron en el juicio todos los hechos incluidos en el escrito del Fiscal, los cuales no fueron agregados a los «hechos probados» de la sentencia firme porque no se consideró necesario ya que todos los presentes estaban al tanto. de ellos en la habitación.

Cuando el mismo abogado indica que los dos imputados admitieron los hechos, el Tribunal observa que «la sentencia se hace eco de este reconocimiento de los hechos y de la insistencia del abogado defensor en que sus escritos habían sido leídos», pero vuelve a negar que esto debería incluirse. en hechos probados.

Para el Tribunal, «si bien los autos de acusación privados y populares coinciden esencialmente con los del fiscal», los autos de acusación no fueron leídos y fueron asumidos por la defensa del acusado, por lo que «deben ser procesados». la resolución del fondo y no de los hechos probados.

“Hechos falsos”

Además, entiende que la sentencia así expresa “hechos falsos” los reconocidos y reflejados en el auto de procesamiento de la Fiscalía, «que asumieron y que incluían la resolución y dieron por probada la decisión del tribunal inferior», pero el juez precisa que la página 20 de esta resolución defiende «la esencia del error» . , señalando que procedieron “a inferir testimonios en contra del imputado con base en sus declaraciones vertidas durante el juicio oral”.

«El Cuco», recuerda el auto, había negado haber estado en la casa donde asesinaron a Marta del Castillo a última hora de la noche del 24 de eneroy dijo que esa tarde estuvo con amigos en momentos que ellos se habían negado, «caminando hacia su casa por 23:30 h. el 24 de enero, donde su madre lo vio en la 1:30 a.m. o 2:00 a.m. del dia 25 de enero«.

Por ello, no procede «completar los hechos probados sumando los hechos reconocidos por el imputado», ya que, según los tres jueces que firmaron el auto, «se trata de hechos indiscutibles», y tal afirmación no se considera «importante».

“No existe ningún concepto oscuro”

El Tribunal también se niega a debatir la sustitución de un párrafo que dice que el imputado «reconoció los hechos que le fueron leídos, los de la acusación, y no los de las acusaciones particulares y populares, a pesar de que el abogado de la defensa lo solicitó. . ”, porque se entiende que se trata de “matices de formulación que no se deben hacer, porque no hay ningún concepto oscuro” o “relevante”.

Por todo ello, coinciden en que no procede aclarar la sentencia dictada el 25 de junio de 2024 “al no apreciar ningún concepto oscuro, ni ninguna omisión o rectificación de algún error aritmético material o involuntario, ni en el complemento”, en una decisión contra la cual no cabe recurso, pero se mantiene el plazo para recurrir contra el propio laudo.

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