Los juristas reclaman una normativa para hacer frente al ‘greenwashing’
El ‘greenwashing‘ es un concepto que, cada vez más, se va introduciendo en nuestro día a día. Hace referencia a las prácticas empresarias destinadas a ofrecer una imagen de implicación en el cambio climático cuando, en realidad, su actividad productiva no va en esa línea. El objetivo es aumentar las ventas. Ante esta nueva estrategia, la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca ha celebrado el seminario «Nuevas tendencias en litigación climática y acciones colectivas«, un encuentro en el que varios juristas han reclamado una normativa que hacer frente al ‘greenwashing’.
La mesa redonda, moderada por el decano de la Facultad de Derecho, Fernando Carbajo, estuvo compuesta por los magistrados José Luis Concepción Rodríguez, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León; José Luis Requero Ibáñez, magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo; y Blanca I. Subiñas Castro, magistrada de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Concepción Rodríguez señaló que no ve razonable que una empresa dedicada a la extracción de combustibles fósiles pueda presentarse después como defensora de la lucha contra el cambio climático: «Estas conductas son aún más graves cuando existen otras empresas en el mercado, comprometidas con la sostenibilidad, que renuncian a los combustibles fósiles y compiten por los mismos clientes». En esta línea, sostuvo que los jueces españoles deberían aplicar la Directiva Europea sobre competencia desleal, aunque no sea de aplicación directa en España.
Un ordenamiento «desactualizado»
A esto, Blanca I. Subiñas, añadió que «el ‘greenwashing’ no es una práctica inocua», ya que «trasladar al mercado y a los consumidores la idea de que un producto o servicio es más sostenible de lo que realmente es, mediante mensajes engañosos o poco claros, afecta no solo a los consumidores, sino también a los competidores y al propio mercado». A este respecto, subrayó que el marco legal está «desactualizado» y es «generalista».
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Por último, el magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, José Luis Requero, explicó que hay una diferencia entre los litigios climáticos y los medioambientales. Estos últimos son los que están centrados en casos específicos, mientras que los primeros abordan políticas generales. «Aunque en países como Alemania u Holanda estos casos han resultado en sentencias históricas que obligan a sus gobiernos a cumplir compromisos internacionales, en España aún enfrentamos barreras como los problemas de legitimación y el control de la inactividad administrativa. Este desafío es clave para avanzar en la tutela de políticas climáticas y la defensa del medioambiente», aseguró.
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