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Atento. Hay algo importante que deberás hacer en 2025

Atento. Hay algo importante que deberás hacer en 2025
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  • Publishednoviembre 23, 2024



Todo desempleados quienes reciban prestaciones por desempleo, también conocido como desempleo, a partir del próximo año fiscal, estarán obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la rentaindependientemente de que cumplan o no con los ingresos mínimos establecidos. La medida, contemplada en el Real Decreto-Ley 2/2024entró en vigor la última vez 1 de noviembre de 2024supone un cambio significativo en las obligaciones tributarias para quienes no pueden encontrar empleo.

¿Qué implica la nueva normativa de desempleo?

Hasta este año, los desempleados que recibían prestaciones por desempleo no estaban obligados a presentar declaración si no alcanzaban el 22.000 euros al año con un pagador único y 15.000 euros con varios pagadores. Sin embargo, con la entrada en vigor de esta reforma, todos aquellos que hayan percibido el beneficio

Hasta este año, los desempleados que percibieron el paro No tenían la obligación de realizar la declaración si no alcanzaban los 22.000 euros al año con un único pagador o los 15.000 euros con varios pagadores. Sin embargo, con la entrada en vigor de esta reforma, todos aquellos que hayan percibido prestaciones por desempleo en 2024 deberán informar a Hacienda en la campaña de la renta de 2025.

El Ministerio de Trabajo ha señalado que esta obligación tiene un carácter más documental y no implica necesariamente el pago del IRPF. Sin embargo, el incumplimiento de este procedimiento conlleva importantes sanciones.

Una persona realiza un trámite con su ordenador. Foto: Freepik.
La prestación por desempleo se puede cobrar una vez agotado el desempleo. Foto: Freepik.

Prestación por desempleo o subsidio por desempleo

Es importante distinguir entre prestación por desempleo y prestación por desempleo, ya que no son lo mismo:

  • Prestación de desempleo (desempleo): Es una ayuda contributiva destinada a quienes han perdido su empleo de forma temporal o definitiva y han cotizado previamente a la Seguridad Social. Su duración y cuantía dependen de las aportaciones acumuladas durante los últimos seis años y de las bases de cotización de los últimos seis meses.
  • Prestación de desempleo: Es una asistencia asistencial para quienes no tienen derecho a la prestación contributiva o la han agotado. Su cuantía equivale al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y su duración depende de los meses cotizados y de la existencia de cargas familiares.

Ambos tipos de ayudas están sujetas a la nueva normativa, por lo que quienes las reciban deberán presentar su declaración de la renta.

Consecuencias de no declarar el paro

El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a sanciones importantes. El Real Decreto establece que las personas desempleadas que no presenten la declaración “en las condiciones y plazos previstos” podrían perder la prestación. Además, se enfrentan a las habituales sanciones de Hacienda por no declarar a tiempo:

Si la declaración va a pagar. Si Hacienda detecta incumplimiento, la multa oscilará entre el 50% y el 150% del importe a pagar, más posibles recargos por reincidencia o perjuicio económico.

Si el contribuyente regulariza voluntariamente su situación, se aplicarán recargos progresivos en función del retraso:

  • Hasta 3 meses: 5%.
  • Entre 3 y 6 meses: 10%.
  • Entre 6 y 12 meses: 15%.
  • Más de 12 meses: 20% más intereses de demora.

Si se devuelve la declaración y Hacienda lo detecta, la sanción será de hasta 200 euros. Si el contribuyente se adelanta, la multa será de 100 euros, que podrá reducirse a 60 euros si paga en periodo voluntario.

Claves para evitar problemas con Hacienda

  • Conozca sus obligaciones: Si cobraste el paro durante 2024, asegúrate de presentar la declaración en la campaña de 2025.
  • Ajustar las retenciones del SEPE: Solicita a la organización un ajuste en las retenciones del IRPF si las consideras insuficientes.
  • Preparar documentación: Conserve todos los documentos justificativos relacionados con las prestaciones por desempleo y otros ingresos para facilitar la declaración.
  • Busque consejo: Si no está familiarizado con los procedimientos tributarios, consulte con un asesor fiscal para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones.






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