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Tasa de basuras: ¿Tengo que pagarla si estoy alquilado o es obligación del propietario?

Tasa de basuras: ¿Tengo que pagarla si estoy alquilado o es obligación del propietario?
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  • Publishednoviembre 12, 2025



Cumplir el objetivo europeo de alcanzar un 55% de reciclaje y reutilización para 2025Los ayuntamientos de los municipios de más de 5.000 habitantes están obligados a aplicar una tarifa que refleja el coste del servicio de recogida y gestión de residuos, el famoso Tasa de Gestión de Residuos (TGR).

En el caso de Madrid, Más de 1,5 millones de hogares empezarán a pagar una cuota media anual de unos 140 eurosaunque el importe varía según la zona o distrito. Para calcular el importe se utiliza la suma de uno una tarifa base por la disponibilidad del servicio de recolección y tratamiento de residuos, y otra tarifa por la cantidad generada que se modula según el número de kilos de residuos generados por persona y por barrio.

Pero…¿Quién debe pagar estos gastos, el inquilino o el propietario?? Y quien lo haga,puede reclamar esta cantidad tan alta?

¿Quién paga el impuesto a los residuos?

El Ayuntamiento de Madrid establece que, por defecto y a efectos fiscales, Los costes de gestión de residuos se reclaman formalmente al propietario del inmueble.. Es decir, el Ayuntamiento siempre exigirá el pago al propietario, quien será responsable de la deuda y de los incrementos a la administración local.

AHORA, El arrendador puede legalmente traspasar este costo al inquilino.pero sólo si se cumplen dos condiciones:

Así deberá constar expresamente en el contrato de alquiler. que los gastos o impuestos relacionados con los residuos municipales serán asumidos por el arrendatario.

Para contratos firmados antes de la entrada en vigor de la ordenanza municipal (septiembre de 2025), Si el precio no ha sido considerado previamente, el arrendador deberá asumirlo.ya que la ley de arrendamientos urbanos (LAU) protege los términos de los contratos ya existentes.

¿Se puede reclamar el impuesto a los residuos?

Sí, puedes reclamar. Los madrileños que deseen presentar una reclamación pueden hacerlo a través de un formulario online. Este documento genera automáticamente un alegato eso, acompañado del comprobante de pagoPuede presentarse tanto en el padrón municipal como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. El proceso es muy sencillo, ya que no requiere abogado ni procurador.

El plazo de apelación se extiende durante el período de pago voluntario y hasta un mes después del pago del impuesto..

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