PESCA ILEGAL | «Ya no tienen que cazarlos in situ, no hay que apresar el barco»: así ha revolucionado Argentina la batalla contra la pesca ilegal
La Ley Federal de Pesca —Ley nº 24.922— es la columna vertebral que rige toda la actividad pesquera dentro del mar argentino. Fue promulgada en el año 1997 y ha sido sometida a varias modificaciones, sobre todo en el régimen de infracciones por pesca ilegal. En este sentido, no obstante, las limitaciones de Buenos Aires para atacar estas prácticas van de la mano de las propias fortalezas de su caladero, tan rico en especies como extenso en superficie. La Zona Económica Exclusiva (ZEE) de Argentina rebasa el millón de kilómetros cuadrados, más del doble de la superficie de la España peninsular, y es un área demasiado grande para desplegar patrulleras o aviones de control.
[–>[–>[–>Por este motivo, y habida cuenta de que cada día son cientos los buques de pabellón extranjero los que operan en el límite de las 200 millas territoriales, la Subsecretaría de Recursos Acuáticos y Pesca, bajo la dirección de Juan Antonio López Cazorla, puso en marcha una disposición normativa —Disposición 20/2026— para utilizar las nuevas tecnologías como elemento probatorio. «Se reputará de pleno derecho que un buque pesquero de pabellón extranjero realiza actividad de pesca o tareas de pesca cuando, encontrándose dentro de la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA), sea detectado navegando a una velocidad inferior a 6 nudos y ejecutando trayectorias, cambios de rumbo o patrones de desplazamiento compatibles con maniobras usuales de operación pesquera», fija el artículo 1 de este reglamento, oficializado el pasado 3 de febrero. Para los buques poteros, principalmente de capital asiático, esa velocidad mínima será de 2 nudos.
[–> [–>[–>Las sanciones, a tipo actual de cambio, pueden alcanzar los 5,5 millones de euros
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«Ya no tienen que cazarlos in situ, no es preciso apresar el barco. Es irrefutable», exponen desde Mar del Plata fuentes del más alto nivel conocedoras de la gestión pesquera del país. Son los datos de posicionamiento satelital de cada buque, mediante el sistema AIS, los que se analizan telemáticamente y que saltan cuando el pesquero en cuestión se encuentra en aguas argentinas sin permiso. Es decir, se puede dar la circunstancia de que un barco tenga problemas y navegue a esa baja velocidad dentro de la ZEEA, pero tiene que haberlo notificado previamente.
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«López Cazorla hizo una gran reunión entre capitanes de buques pesqueros congeladores grandes y referentes del sector argentino, con gente de Prefectura Naval, con toda la parte jurídica de política pesquera o de pesca nación y miembros de la dirección nacional de Coordinación y Control Pesquero», abundan las mismas fuentes. «Se evaluó la posibilidad, en función de la cinemática de un determinado artefacto naval pesquero, de que se pueda determinar en forma irrevocable y fehaciente» que hay un pesquero largando o virando aparejo sin autorización. «La disposición ha sido una medida que tapó un agujero, una ventana gris que quedaba entre la operatoria real y la posibilidad de una multa».
[–>[–>[–>[–>[–>[–>El resultado
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Con esta disposición, que ya abordó FARO, Buenos Aires ha cazado a los arrastreros gallegos Playa da Cativa y Playa de Galicia, así como al portugués Coimbra. El arrastrero asiático Bao Feng fue multado con 1,26 millones de dólares, también en aplicación de este refuerzo legal, sin necesidad de interceptar físicamente el buque, como detalló el portal especializado local Pescare. ¿A qué se enfrentan los barcos detectados?
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Las sanciones económicas fueron revisadas en el año 2020. «La sanción de multa será establecida en unidades de valor denominadas Unidades Pesca (UP), equivalentes al precio de un (1) litro de combustible gasoil», reza el artículo 51 bis de la Ley Federal. La Unidad de Pesca a día de hoy —se revisa semestralmente— está fijada en 1.833 pesos argentinos, equivalentes a 91,25 euros, al tipo actual de cambio. «Cuando la infracción de que se trate sea la de pescar sin permiso —prosigue la norma—, la multa mínima no podrá ser inferior a 500.000 UP y la máxima de 3.000.000 UP. Esto es, una horquilla de entre 916.500 euros y 5,5 millones de euros.
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[–>El régimen de sanciones se aplica igualmente a barcos de pabellón argentino, que es lo que acaba de suceder con el Tai An, expedientado por pescar merluza negra sin licencia y por debajo del tamaño autorizado. Su multa, 300.000 UP, que equivale a 550.000 euros, además del decomiso de las capturas, valoradas en 2,5 millones de dólares.
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