de qué se trata y cómo evitar que te roben los datos bancarios
Estafas Están presentes en la vida cotidiana, los estafadores encuentran cada día nuevos métodos para defraudar a sus víctimas y con la tecnología les resulta más fácil. En este contexto, los Mossos d’Esquadra han alertado a través de X (antes Twitter) de un nuevo tipo de estafa, que esta vez se dirige a los conductores.
Modus operandi
El método es simple pero efectivo. Los estafadores colocan un documento que indica que el vehículo está estacionado incorrectamente. La advertencia anima al conductor a escanear un código QR para ver la supuesta multa. Al hacerlo, la víctima corre el riesgo de descargar aplicaciones fraudulentas o exponer su información personal. Recientemente, la policía local de Santa Cruz de Tenerife también emitió una alerta sobre la colocación de multas falsas a vehículos estacionados en la vía pública a los que se les adjunta un código QR para acceder.
Claves para identificar y evitar la estafa
Para protegerse, es fundamental no escanear el código QR presente en este tipo de aviso. Además, los Mossos destacan algunos detalles que permiten detectar mentiras:
- Errores de ortografía: Los documentos oficiales rara vez contienen errores editoriales.
- Calidad del papel: Las notificaciones reales suelen tener un formato y una calidad específicos.
- Canales oficiales: Las multas de tráfico nunca se comunican mediante papeles del parabrisas, mensajes de texto o correos electrónicos. Estos llegan únicamente por correo postal o por Dirección Electrónica de Carretera (DEV).
Si encuentra un documento similar en su automóvil, no lo escanee y comuníquese con las autoridades para verificar su autenticidad. Los Mossos insisten en la importancia de permanecer vigilantes ante este tipo de fraudes.
Sanciones en caso de fraude
En enero de 2023 se realizaron modificaciones al Código Penal con el objetivo de establecer penas más duras por estafas en España, de acuerdo con la Ley Orgánica 14/2022. El artículo 248 se encarga de regular las sanciones en casos de fraude.
Según este artículo, se considera fraude a quien «con ánimo de lucro, utiliza el engaño lo suficiente como para provocar en otro un error, incitándole a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno». Las personas declaradas culpables de fraude serán sancionadas con penas de prisión de seis a tres añoss. Para precisar el momento preciso se tienen en cuenta varios factores: el importe de la cantidad defraudada, el perjuicio económico causado al perjudicado, la relación entre el perjudicado y el defraudador, los medios utilizados por el condenado y otras circunstancias que Puede utilizarse para evaluar la gravedad del delito. En cambio, si la cantidad defraudada no supera los 400 euros, la pena será de uno a tres meses.
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