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Este es el mensaje de Hacienda a los mayores de 65 años que tienen una casa en propiedad

Este es el mensaje de Hacienda a los mayores de 65 años que tienen una casa en propiedad
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  • Publishednoviembre 17, 2024




586.913 fueron las operaciones de compraventa que se firmaron en nuestro país el año pasadoconvirtiendo así a 2023 en el segundo mejor año tras el “boom” de 2007. La venta de una casa supone que tanto el vendedor como el comprador deben afrontar el pago de una serie de impuestos, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Todos los contribuyentes, independientemente de su edad, tienen obligaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; Sin embargo, en ocasiones, algunas personas estarán exentas de pagar estos impuestos.

Los mayores de 65 años que vendan su vivienda no tendrán que declarar la gananciasiempre y cuando sea su residencia habitual. Asimismo, esto también se aplica si se decide vender la nuda propiedad de la vivienda (un propietario vende la propiedad de su vivienda, pero conserva el usufructo, es decir, el derecho a seguir residiendo y disfrutando de su vivienda de por vida), siempre y cuando la propiedad es donde usted ha residido habitualmente.

estas personas Deberán pagar la venta de la vivienda que sea segunda residencia. El La imputación de las rentas inmobiliarias en el IRPF se calcula como un porcentaje que oscila entre el 2% y el 11% sobre el valor catastral de la vivienda en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

Sin embargo, los mayores de 65 años también estarán exentos de pagar impuestos si venden una segunda vivienda en el caso de que la plusvalía se reinvierta en la contratación de una renta vitalicia con un banco o compañía de seguros. El límite de exención es de 240.000 euros, por lo que si la operación supera esta cantidad habrá que tributar como ganancia patrimonial.

Las rentas vitalicias son una Producto de ahorro que permite recibir una cantidad de dinero «constante y periódica».» –normalmente mes a mes– de por vida, es decir, hasta el fallecimiento del aseguradoexplican desde el blog del Banco Santander.

Sin embargo, para que puedan beneficiarse de esta exención, 65ymás señala que Los mayores de 65 años deberán cumplir las siguientes condiciones:

  • Tienes que constituirse en un plazo inferior a un año ya que la casa se vende y se empieza a recibir.
  • El monto de estos ingresos No podrá ser superior al 5% respecto al año anterior.
  • Si se incluyen fórmulas para recuperar el dinero tras el fallecimiento del asegurado, Sólo puede haber un beneficiario.
  • Él El porcentaje que recibirán los herederos no podrá ser superior al estipulado en la ley..



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