Facua acusa de fraude masivo a la DGT por la obligatoriedad de las balizas V-16 y exige un “protocolo de alerta pública”
EL La Dirección General de Tráfico (DGT) no se mostró partidista de la comercialización de dispositivos de aviso de accidentes y averías V-16 no conectado, pero la Sección Tercera de El Tribunal Supremo falló a favor de los fabricantes en 2021 y autorizó el uso de dispositivos sin geolocalización hasta enero de 2026.
Así lo subrayaron a Europa Press fuentes del departamento que dirige Pere Navarro Facua-Consumidores en Acción acusó a la DGT ser “promover el fraude masivo” en la venta de balizas de emergencia V-16 no aprobadas por algunas empresas y requirió la implementación de un “Protocolo de alerta pública denunciando claramente las irregularidades cometidas».
En este sentido, las citadas fuentes de Tráfico explicaron que «desde el primer momento» se recomendó a los consumidores que consultaran la página web de la DGT para comprobar que la baliza estaba conectada al sistema antes de adquirirla. La propia DGT publica listados y certificados de los modelos homologados y conformes a la normativa, ya que hay más de 200 modelos disponibles en el mercado.
Previamente, el secretario general de Facua-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez, en rueda de prensa en Sevilla, había declarado: “No basta con decir infórmate en la web de la DGT qué balizas son válidas a partir de enero”. “La DGT debe actuar contra el uso ilícito de su logotipo”, afirmó.
Señalizadores V-16: Irregularidades en los negocios
Según explicó Sánchez, Facua detectó “irregularidades” en la venta de estas luces que “se anuncian como ‘homologadas por la DGT’ y utilizan su logo, sin aclarar que No son válidos después del 1 de enero.» «Ningún consumidor en su sano juicio compra una baliza como ésta si sabe que no será útil», afirmó.
Rubén Sánchez ha subrayado la «gravísima pasividad» de Tráfico, que «no hizo absolutamente nada para frenar este fraude al consumidor». “Ella permanece en silencio mientras Muchas empresas, fabricantes y plataformas de ventas se están enriqueciendo en detrimento” de los consumidores, afirmó, añadiendo que la DGT había actuado “absolutamente mal porque permitió fraudes comerciales a gran escala”.
En este sentido, el portavoz afirmó que «resulta tremendamente sorprendente que la DGT no haya desarrollado una comunicación dirigida a todos los conductores». “Una comunicación que llega a nuestros hogares que aclara la obligación que entrará en vigor a partir del 1 de enero”, dijo, para luego pedir una comunicación “inmediata”.
Preguntado sobre si un automovilista podría quejarse si las autoridades le paran o multan a partir del 1 de enero por utilizar una luz intermitente no homologada, Sánchez matiza que «ése es el gran problema» ya que «en principio, el consumidor debe conocer la norma». Sin embargo, al haber sido víctima de un acto de engaño, “quizás podrías responsabilizar a la empresa que te vendió el faro”.
Confusión entre los automovilistas
«Por tanto, están sembrando confusión entre los consumidores que compran este producto en masa, inducidos por un error, una manipulación, un fraude, ante el cual pueden, por supuesto, pedir la devolución de su dinero», afirmó.
En este sentido, Rubén Sánchez instó a reclamar la devolución del importe de todas las balizas adquiridas durante este año «con el reclamo publicitario aprobado por la DGT, si en su información comercial no se dejaba claro de forma perfectamente visible que no están conectadas a Tráfico, que no disponen del sistema de conectividad mediante tarjeta SIM, obligatorio a partir del 1 de enero de 2026».
«Estos faros se pueden vender, se podrían vender sin ningún problema, lo que pasa es que tuvieron que aclarar que no cumplen con los requisitos obligatorios a partir del 2026. Si se venden sin esa aclaración, se comete un acto de engaño al consumidor», explicó.
Tres normas incumplidas, según Facua
El portavoz de Facua precisó que estas balizas no homologadas se podrán utilizar hasta el 31 de diciembre como mecanismo complementario al triángulo de señalización obligatorio y advirtió de que la «falta de aclaración» sobre su conectividad con la DGT es «un acto de engaño» y vulnera tres normativas diferentes.
La organización advierte que viola el artículo 5 de la Ley de Competencia Desleal; los artículos 20 y 60 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que exigen que el consumidor esté informado sobre las características esenciales de los bienes y proporcione información pertinente, veraz y suficiente; y el mismo Real Decreto que regula los faros.
Rubén Sánchez cree que «hay una omisión de datos absolutamente premeditada» en el momento de la mayor compra del V-16 para «intentar eliminar por completo el stock de lo que queda».
«Ocultan que no hay vinculación con la DGT porque saben que muchos consumidores morderán el anzuelo, morderán el anzuelo y comprarán un producto que no les servirá a partir del 1 de enero. Están cometiendo un acto de engaño», ha afirmado, para después aclarar que «el consumidor tiene legalmente derecho a devolver esta baliza».
Por ello, invita a quienes hayan adquirido una baliza de emergencia de estas características a presentar una reclamación ante la autoridad de consumo de su comunidad autónoma o ante la Dirección General de Consumo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, competente en la materia para investigar y sancionar, en su caso.
Por su parte, Facua dará traslado al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 los expedientes de baliza con “información incompleta o engañosa” que tramite para solicitar la tramitación de expedientes sancionadores.
No necesitas un teléfono ni una aplicación
Es obligatorio disponer de faro V-16 a partir del 1 de enero de 2026 para comunicar averías y accidentes en la vía. Este dispositivo, que sustituirá a los triángulos de emergencia, funciona de forma totalmente autónoma gracias a una tarjeta SIM integrada, sin necesidad de teléfono móvil ni aplicaciones externas.
La infracción por no llevarlo se considerará leve y la multa será de 80 euros, la misma cuantía establecida para quienes no lleven los triángulos de preseñalización.
Sólo serán válidas las luces V-16 homologadas y publicadas en el listado oficial de la DGT tras superar las pruebas certificadas y estas deberán tener grabado en la pantalla el nombre del laboratorio y el número de certificado.
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