La Seguridad Social permite cobrar dos pensiones de jubilación a la vez si cumples este requisito
Después de toda una vida en el mercado laboral, millones de trabajadores comparten el mismo objetivo: llegar a la jubilación con suficientes años de cotizaciones para garantizar la mejor pensión posible. La mayoría asume que, al final de su carrera profesional, tendrá derecho a una prestación única. Sin embargo, La Seguridad Social contempla una excepción poco conocida que permite a determinados trabajadores cobrar dos pensiones. jubilación al mismo tiemposiempre que hayan generado ese derecho en distintos regímenes y cumplan con los requisitos exigidos por la normativa.
En general, El sistema impide el cobro simultáneo de dos pensiones contributivasya sean dos por jubilación o uno por jubilación y otro por incapacidad permanente. Sin embargo, la propia Seguridad Social aclara que Una persona puede tener derecho a dos prestaciones «siempre que cumpla con los requisitos que exige por separado cada régimen».
Esta posibilidad también está recogida en el artículo 163 de la Ley General de la Seguridad Social, que establece que Las pensiones del Régimen General serán incompatibles entre sí cuando coincidan con un mismo beneficiariosalvo que exista disposición legal o reglamentaria que indique lo contrario.
Requisitos para cobrar dos pensiones
La clave para acceder a dos pensiones de jubilación es haber cotizado en diferentes regímenes. El caso más común es el de los trabajadores que han desarrollado parte de su carrera profesional como empleados en el Régimen General y otra como trabajadores por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), aunque la norma es aplicable a cualquier combinación de regímenes.
En cada uno de ellos el derecho a la jubilación deberá haberse generado de forma independiente. Esto implica acreditar al menos 15 años de aportes.de los cuales dos deberán ser dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de solicitar el beneficio.
Si el trabajador no está dado de alta en ambos regímenes cuando presenta la solicitud, la Seguridad Social exige que las contribuciones de los diferentes sistemas se han superpuesto durante un mínimo de 15 años.
¿Cómo se calcula el importe?
El importe de cada pensión se calcula por separado y posteriormente se suman ambos importes. A partir del 1 de enero de 2026, La Seguridad Social aplica un sistema dual para determinar la base reguladora y utiliza automáticamente la fórmula más favorable para el trabajador.
La primera opción consiste en tomar las bases de cotización de los últimos 25 años y dividirlas entre 350. La segunda, introducida por la reforma de las pensiones, selecciona las 302 mejores bases de cotización de los 304 meses previos a la jubilación y las divide entre 352,33, descartando así las dos mensualidades menos favorables. Una vez obtenida la base reguladora se aplica el porcentaje correspondiente según los años cotizados. En 2026 será necesario acreditar 36 años y seis meses para alcanzar el 100% de la prestación.
A pesar de esto, La suma de ambas pensiones no podrá superar el límite máximo fijado para 2026, situado en 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros al año repartidos en 14 pagas.
¿Qué pasa si no se cumplen los requisitos?
Cuando no se cumplen las condiciones necesarias para generar dos pensiones independientes, no se pierden los aportes. En estos casos entra en juego el llamado cómputo recíproco entre regímenes, que permite sumar los periodos de cotización para acceder a un único beneficio.
Además, en situaciones de pluriactividad, cuando un trabajador cotiza simultáneamente a varios regímenes, no se computan dos días de cotización por cada día trabajado. Lo que sí se acumula son las bases de cotización, siempre dentro de los límites máximos que marca la normativa.
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