lo peor de todo se desvela al final del vídeo
EL DGT publicó un vídeo en su cuenta X mostrando el conducción imprudente de un conductor en la carretera Pasas de ron. el helicóptero Unidad de Medios Aéreos (UMA) tomó un vehículo circulando durante varios kilómetros al velocidad máxima a la velocidad permitida: 217 km/h.
el conductor poner en peligro a varios usuarios de la vía, incluido un conductor de camióny además él estaba conduciendo, cambiando de carril algunas veces. A pesar de la imprudente velocidad a la que conducía,o al final se descubrió algo más serio del video: el criminal no lo usé posición el cinturón de seguridad.
Monto de sanciones
El infractor se arriesga a dos multas: una por exceso de velocidad y otra por conducir sin cinturón de seguridad. El código de circulación castiga cuatro puntos sin cinturón de seguridad. Al tratarse de una infracción grave, se sancionará con una multa de 200 euros.
En caso de velocidad, actualmente, superior a hasta 30 kilómetros por hora La velocidad en autopista limitada a 120 km/h conlleva una multa de 100€ sin pérdida de puntos.
Ahora ve a más de 150 kilómetros por hora y hasta un máximo de 170conlleva una pena de 300€ y la pérdida de 2 puntos. Por tanto, las multas pueden ascender de 400 a 500 euros y la pérdida de puntos de 4 a 6, si conduces entre 171 y 180 kilómetros por hora o entre 181 y 190 km/h.
Circular a 191 kilómetros por hora En adelante se considera una infracción muy grave, por lo que la multa asciende a 600€ y la perdida seria 6 puntos.
Sin embargo, ya desde 200 kilómetros por hora Se considera un delito contra la Seguridad Vial y en este caso hay que recurrir al Código Penal.
Artículo 379 del código penal.
Para saber cuando exceso de velocidad puede convertirse en delito, es necesario analizar lo dispuesto en el artículo 379 del Código Penal.
Y resumiendo, dice:
- cuando superan 60 kilómetros por hora En calle urbana: Y delito cuando el conductor de un automóvil o ciclomotor supere la velocidad establecida de 60 km/h en ciudad.
- cuando superan 80 kilómetros por hora En vía interurbana: también se considera delito si el límite de velocidad supera los 80 km/h en vías interurbanas como autopistas o autovías.
En ambos casos tales delitos serán castigados con pena de prisión de tres a seis meses O multa de seis a doce meses O trabajar en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores según el tiempo más de uno y hasta cuatro años.

Puedes consultar la fuente de este artículo aquí