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Los patinetes eléctricos deberán tener seguro obligatorio, pero ¿qué ocurre con las bicicletas eléctricas?

Los patinetes eléctricos deberán tener seguro obligatorio, pero ¿qué ocurre con las bicicletas eléctricas?
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  • Publishednoviembre 11, 2025



Las calles de la ciudad se han transformado. Los scooters eléctricos, las bicicletas con pedaleo asistido y otros vehículos personales livianos se han apoderado de los carriles para bicicletas y las aceras. Son ágiles, sostenibles y una alternativa al coche para los desplazamientos urbanos.. Pero con su popularidad también surgieron conflictos; y la legislación, hasta el momento, no ha sido completamente actualizada.

Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2026 todo cambiará. Los patinetes eléctricos deben tener un seguro de responsabilidad civil obligatorio. Una medida que pretende proteger tanto a los usuarios como a los peatones, y que va acompañado de un nuevo marco legal para todos los vehículos de movilidad personal (VMP). Pero ¿qué pasa con las bicicletas eléctricas?

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Una nueva era de responsabilidad





Fuente propia

Publicada en julio de 2025, la ley 5/2025 marca un antes y un después para los usuarios de patinetes eléctricos en España. A partir del 1 de enero de 2026, estos vehículos, catalogados como Vehículos Personales Ligeros (VPL): Debe tener seguro obligatorio de responsabilidad civil.

La medida responde a un problema creciente: cada vez más patinetes en circulación y cada vez más accidentes. el nuevo seguro cubrirá los daños a las personas y bienes afectados; hasta 6.450.000 euros por daños personales y 1.300.000 euros por daños materiales. Los patinetes deberán estar matriculados en la Dirección General de Tráfico (DGT), disponer de certificado de circulación y estar provistos de etiqueta o placa identificativa.



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