Sanidad saca a audiencia pública el real decreto que regulará los vapers y las bolsas de nicotina
El Ministerio de Sanidad ha llevado este jueves a audiencia pública el Proyecto de Real Decreto que regula determinados aspectos de los productos del tabaco y sus derivados, que promoverá el empaquetado genérico, limitará bolsas de nicotinay regulará a los vapeadores con y sin nicotina, incluidas restricciones sobre los aromas.
Esta iniciativa se enmarca en el Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 y se centra en aspectos como el contenido del producto, los requisitos de calidad y seguridad, y el embalaje y embalaje exterior.
«Una de las cosas más destacables que trae el Real Decreto es la embalaje genéricolo que hará que todos los paquetes de tabaco sean iguales. Y esto no es un capricho, ya hay evidencia científica más que suficiente que demuestra que la publicidad añadida dentro de los paquetes también es perjudicial”, afirmó la ministra de Salud, Mónica García, durante su participación en Proyecto Cero.
De esta manera, el apariencia uniforme obligatoria para cigarrillos y tabaco de liar, eliminando elementos de diseño y colores atractivos que pudieran incentivar el consumo.
Además, se regulan nuevos productos, introduciendo dos nuevas categorías de productos: bolsas de nicotina y productos herbales calentados, estableciendo requisitos de seguridad, etiquetado y comercialización. «Las bolsitas de nicotina se limitarán a una dosis mínima, siguiendo el ejemplo de otros países», añadió García.
El Real Decreto también limitar el uso de saborizantes en los cigarrillos electrónicos, permitiendo únicamente sabores de tabaco para evitar que los sabores artificiales resulten atractivos para los jóvenes.
Los cigarrillos electrónicos sin nicotina también están regulados. Se establecen requisitos de etiquetado, como la inclusión de una lista de ingredientesadvertencias sanitarias (“Consumir este producto es perjudicial para la salud”) y un folleto informativo con información sobre uso, almacenamiento, contraindicaciones, posibles efectos adversos, etc.
El proyecto de Real Decreto establece dos plazos en su singular disposición transitoria: los fabricantes tienen 10 meses para adaptarse a las nuevas normas de etiquetado, envasado y fabricación, mientras que las empresas tienen 12 meses para vender los productos que todavía tienen en stock según la normativa anterior.
Por otro lado, la ministra ha señalado que al mismo tiempo siguen avanzando hacia ampliar los espacios libres de humo.
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