Los trabajadores tienen derecho a abandonar e interrumpir su puesto
«Ante la alerta roja de AEMET, no se puede acudir al lugar de trabajo si existe riesgo para la salud de los trabajadores. Las empresas deben adoptar las medidas adoptadas», es el mensaje de alerta de AEMET. temporarioretuiteado por el Ministro de Trabajo y vicepresidente segundo del gobierno, Yolanda Díaz. Este tema fue abordado en «Espejo Público» por el presidente del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Ana Ercorecapara aclarar la información.
“En caso de riesgo grave e inminente, trabajadores Tienen derecho a renunciar e interrumpir su trabajo. Además, el artículo 41 del Real Decreto-Ley aprobado ayer indica que en el caso de la DANA se trata de un riesgo grave e inminente. Por tanto, los trabajadores tienen derecho a no acudir a su lugar de trabajo si ello supone un riesgo grave e inminente para su seguridad y salud”, explica.
Exento de ir a trabajar
Según el artículo 42 del citado real decreto-leyErcoreca explica que «los trabajadores tienen derecho a permisos retribuidos y no recuperables si no pueden acceder a su centro de trabajo por limitaciones relacionadas con el estado de las carreteras, el transporte público o la situación de los centros de trabajo». que existen instrucciones, recomendaciones o limitaciones de las autoridades públicas que recomiendan o prohíben el uso de los carriles de circulación, estos permisos son pagados y en caso de riesgo inminente grave los trabajadores no tienen obligación de hacerlo. No hay daño”.
Así, el presidente del sindicato recuerda que “sería un día gratificante”. “No pueden sancionarlos, no pueden despedirlos y no pueden descontar ese día en que el trabajador no se presentó a trabajar porque es una situación de riesgo grave e inminente”, enfatiza -él.
«Por otra parte, advirtió Díaz y recordó que el Real Decreto-Ley 3 de 2004 establece que en caso de alerta roja o naranja es peligroso ir o estar en el lugar de trabajo y que las adaptaciones no son suficientes, puede ser el derecho del trabajador y la obligación de la empresa de adaptar o reducir su jornada laboral para que su trabajo no presente ningún riesgo, tanto en el momento de su salida como durante su estancia. juicio en la entrevista.
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