Cómo darse de baja de autónomo
Ser autónomo significa gestionar su propio negocio, ya sea produciendo bienes o prestando servicios, y asumir la responsabilidad administrativa y fiscal de su actividad. Según datos recientes, el número de trabajadores autónomos en España ha alcanzado 3.344.771, un aumento de 0,38% respecto al año anterior. Este crecimiento refleja una una realidad laboral cada vez más diversa y compleja, donde muchos eligen esta forma de trabajo.
Condiciones para darse de baja
Antes de proceder a la baja de tu actividad por cuenta propia, es imprescindible Asegúrate de cumplir ciertos requisitos. No tener deudas impagas con la Administración es imprescindible; De lo contrario, no podrá realizar el trámite. Si es director de una empresa, deberá presentar un documento público que justifique su decisión. Además, si has cotizado durante al menos un año a la compensación por cese de actividad, deberás presentar razones económicas que justifiquen tu baja.
Para formalizar la baja, deberá Contacta con dos organismos: la Seguridad Social y Hacienda. Aunque el proceso es relativamente sencillo, es recomendable disponer de un certificado digital para facilitar los trámites online.
Baja de la Seguridad Social
–En línea: Si tienes un certificado digital, accede a la web de la Seguridad Social.
–Navegue a la opción correspondiente: Vaya a “Ciudadanos” y seleccione “Afiliación y alta”, luego “Baja del RETA”.
–Completa el modelo: Complete el formulario TA.0521 y siga los pasos para confirmar su solicitud.
Si no dispones de certificado digital deberás presentarte personalmente en una oficina de la Seguridad Social, rellenar el mismo formulario y solicitar la baja.
Es importante considerar la fecha de su liberación. Actualmente, si solicitas la baja antes de final de mes, debes pagar las cuotas íntegras a la Seguridad Social, incluso si no has estado activo en determinados días del mes.
Baja de Hacienda
Para darte de baja en la Agencia Tributaria será necesario presentar los modelos 036 o 037. Al igual que ocurre con la Seguridad Social, si tienes un certificado digital, puedes realizar el trámite online:
–Ingresar en la web de Hacienda.
–Seleccionar: «Censos, NIF y domicilio fiscal». A continuación, busque los modelos 036 o 037.
–Llene el formulario: Presta atención a la casilla 152 que indica la fecha de cese de actividad.
Recuerde que a diferencia del Seguro Social, usted debe liquidar sus cuentas fiscales correspondientes. Si decides cancelar a finales de enero, deberás realizar el pago trimestral en abril, incluso si ya no estás activo.
El plazo para presentar la cancelación a Hacienda es 30 días desde el cese de la actividad, lo que permite presentar los modelos con carácter retroactivo en determinados casos.
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