La defensa del maquinista del Alvia recurre la sentencia y pide la absolución
La defensa del maquinista Francisco Garzón, uno de los dos condenados por 79 homicidios imprudentes por el accidente del tren Alvia en julio de 2013, ha recurrido la sentencia y pide la libre absolución de su cliente. El otro condenado es Andrés Cortabitarte, el que fuera director de Seguridad en la Circulación de Adif, para quien la Fiscalía retiró su acusación contra él en el último momento y ahora también interpondrá recurso para dejar libre de culpa al alto cargo del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias. Por su parte, Renfe también recurrió la sentencia para solicitar una rebaja de la condena impuesta al maquinista. Tanto Garzón como Cortabitarte fueron sentenciados a dos años y medio de prisión.
El abogado del maquinista, Manuel Prieto, reclama la libre absolución, «con todos los pronunciamientos favorables, o subsidiariamente estime, que en todo caso, los hechos son constitutivos de falta«. Entre los motivos de esta petición apunta a un «error en la apreciación de la prueba» y denuncia «infracción» de un artículo de la Constitución «por vulneración e inaplicación del derecho a la presunción de inocencia, y del principio indubio pro reo«.
Considera que lo que establece la sentencia en relación a Adif «debería haber dado lugar a la libre absolución del Sr. Garzón Amo de los delitos de homicidio y lesiones imprudentes profesionales por los que fue acusado, o al menos, en todo caso calificarse de falta, conforme al Código Penal vigente al tiempo del siniestro, y actualmente despenalizada». Y es que, a su entender, «la cuestión no era si podía ocurrir sino cuándo -el descarrilamiento-, siendo esta la misma conclusión a la que llega la juzgadora».
Añade, en este sentido, que, «conforme a la normativa nacional, tanto en materia de seguridad laboral, como ferroviaria, Adif y Renfe eran garantes de la seguridad laboral de los trabajadores con categoría de maquinistas». De este modo, estaban «obligadas a controlar los riesgos creados por su actividad y la de terceros». Y, según incide: «No hay rastro de la aplicación de la normativa laboral en materia de seguridad por los responsables de Adif y Renfe Operadora».
«Adif no ha tenido en cuenta al humano, al maquinista que va a transitar por sus vías, de hecho se ha reconocido en el juicio que no valoran el factor humano del puesto de conducción, lo cual es una conducta negligente y peligrosa para la seguridad ferroviaria, como se ha constatado y recogido en sentencia», resalta.
También remarca que «el cuadro de velocidades máximas emitido por Adif era erróneo, no se había efectuado un análisis y evaluación del riesgo del mismo, no indicaba la realidad de la línea, era imposible de cumplir tal y como se había confeccionado, y es el que crea un riesgo de exceso de velocidad en la curva de A Grandeira no controlado, ni mitigado».
La Fiscalía de Área de Santiago ha interpuesto también esta mañana su recurso para solicitar, como ya había avanzado hace una semana, la absolución de Andrés Cortabitarte. Su argumento principal es que el maquinista es el único responsable y además se le pide la imputación de un nuevo delito de homicidio y otro de daños por imprudencia grave de viajeros que no se incluyeron en la sentencia.
Esta petición de exoneración por parte de la Fiscalía concuerda con el criterio mantenido por el fiscal al final del juicio, toda vez que Mario Piñeiro retiró la acusación contra él en las conclusiones finales, por lo que culpó únicamente del siniestro al maquinista.
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«La recepción de la llamada, el mantenimiento de la comunicación, la pérdida de atención de la ubicación espacial del vehículo y la tardanza en intentar recuperar el control constituyen una causa autónoma, determinante y claramente detonante del evento catastrófico que no puede quedar sin sanción. Se discrepa de la sentencia en la concurrencia de las condiciones establecidas en el derecho penal para la sanción del otro condenado», se recoge en el recurso presentado por la Fiscalía.
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