hará que tu sueldo sea más bajo
Uno de los grandes desafíos que enfrenta el sistema de pensiones es la sostenibilidad. Las jubilaciones de la generación del baby boom están llegando y hay que sostenerlas con una alcancía cada vez más debilitada.
Por eso las distintas reformas, especialmente la última aprobada por el exministro de Seguridad Social José Luis Escrivá, han estado en línea con engordar esa alcancía, impactando las nóminas de los trabajadores. En 2025, los tres ‘conceptos’ a tener en cuenta son el desahogo de las bases de cotización, la actualización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y el llamado ‘cuota de solidaridad’.
Esta cuota solidaria no genera derechos de jubilación, por lo que es una impuesto. Afectará a los salarios más altos, los de más de 59.000 euros. Estarán exentos los autónomos.
Es una cotización adicional que entra en vigor a partir del 1 de enero para los salarios que superen la base máxima de cotización. En la práctica, como explica BBVA, las rentas que antes no estaban sujetas a cotizaciones a la Seguridad Social Ahora se cotizarán en un sistema progresivo.
En 2025 estará entre el 0,92% y el 1,17%. En 2045, cuando la fórmula se haya desplegado plenamente, alcanzará entre el 5,5 y el 7%. Hay que tener en cuenta que esta cuota será aportada por el empresario y el trabajador, aportando el primero el 83,4% y el segundo el 16,6%.
Así se aplica la cuota solidaria en 2025
Para 2025, los cálculos sitúan esta base máxima alrededor 59.000 euros al año. Este año que comienza lo hace en base a tres apartados. La cuota solidaria en 2025 es del 0,92% para la parte del salario que supere la base máxima hasta en un 10%; el 1% para la parte del salario que se encuentre entre el 10% adicional de la base y el 50%, y el 1,17% para el tramo salarial que supere la base máxima en más del 50%.
En el primer caso (superando en un 10% base máxima), al exceso a 0,92% de cuota. En un caso práctico: si este año la base máxima es de 59.000 euros, a quienes superen ese máximo en un 10% (es decir, en 5.900 euros hasta llegar a 64.900) se les aplicará el 0,92% a ese excedente.
A los que superan entre el 10 y el 50% de la base máxima (hasta 88.500 euros) se aplicará dos secciones. 0,92% sobre el primer 10% del excedente y 1% sobre el restante. Aquellos que tienen el duplicar la base máxima (hasta 118.000 euros) se cotizará en tres secciones: 0,92% sobre el primer superávit, 1% sobre el segundo y 1,17 sobre el tercero.
La cuota solidaria en ejemplos prácticos
Viendo las cifras, la base máxima de cotización es de 4.909 euros mensuales y así quedarían las cotizaciones en función del salario.
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Salarios superiores en un 10% a la base máxima: 5.400 euros. Tributan con una contribución adicional del 0,92% sobre los 491 euros ‘extra’. Es decir, 4,5 euros más al mes o 54 al año.
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Salarios que superen la base máxima entre un 10 y un 50%: un máximo de 7.363,5 euros. Se aplica en dos tramos. Los 491 primeros tributan con una contribución adicional del 0,92% y los 1963,5 restantes tributan al 1%. Es decir, 24,13 euros al mes o 289,56 al año.
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Salarios que superen en un 50% la base máxima: superiores a 7.363,5 euros. Se aplican en tres secciones. Los 491 primeros tributan con una contribución adicional del 0,92%, los 1963,5 restantes tributan al 1% y el resto al 1,17 en sus correspondientes tramos.
Hay que tener en cuenta que las bases de cotización han subido un 2,8% por la variación interanual del IPC entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024, más un 1,2% por el desaceleración de las bases que se inició en 2024.
Actualización MEI
No es el único golpe a los salarios durante 2025, aunque sí lo más innovador de este año que recién comienza. Por tercer año el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).
Este mecanismo se definió, en palabras del Gobierno, para «preservar el equilibrio entre generaciones y fortalecer la sostenibilidad del sistema de Seguridad Social en el largo plazo». Es decir, una especie de ‘impuesto a la sostenibilidad’ cuyo importe va directamente a la hucha de las pensiones.
En 2024, el MEI era del 0,7% (0,58% a cargo del empleador y 0,12% a cargo del trabajador). este año el El MEI aumenta al 0,8%: el 0,67% corre a cargo de los empleadores y el 0,13% corre a cargo de los trabajadores. Este mecanismo se aplica a todas las nóminas independientemente del nivel salarial.
Para verlo con un ejemplo práctico, tomando como referencia una lista de 1.500 euros al mesel trabajador cotizará el 0,13%, es decir, 1,95 euros. El empresario aportará el 0,67%, es decir, 10,05 euros. En total, el efecto en la nómina que irá a parar a la ‘hucha’ de pensiones será, en este caso, 12 euros mensuales. Para un salario de 3.000 euros mensuales, el trabajador cotizará 3,9 euros y el empresario 20,1, siendo la aportación total de 24 euros.
Así, la cuantía -y por tanto el esfuerzo que tendrán que asumir- variará en función del nivel salarial pese a aplicar ese 0,8% a todos los trabajadores.
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