El nuevo índice limita las subidas del alquiler al 2,2%
Los alquileres que se revisen este mes de enero podrán subir hasta un 2,2% de acuerdo con el nuevo índice de referencia de arrendamientos de vivienda publicado ayer por primera vez por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Este porcentaje, sin embargo, solo es aplicable a los contratos que se firmaron después del 25 de mayo de 2023, fecha de entrada en vigor de la Ley de Vivienda. Los acuerdos suscritos en fechas anteriores no están sujetos a este indicador, pero en estos casos los incrementos deberán ser siempre de un máximo equivalente al IPC (el último conocido, el de noviembre, fue del 2,4%).
El nuevo índice de referencia entra en vigor en una momento de fuertes alzas del precio del alquiler por la escasez de oferta de pisos. Según datos publicados ayer por el portal inmobiliario Idealista, el que mueve mayor volumen de viviendas, el precio de los pisos en alquiler experimentó en Asturias una subida del 12,1% durante el último año hasta los 9,4 euro el metro cuadrado. En todos los municipios analizados en el Principado se produjo un comportamiento alcista durante los últimos doce meses, con Oviedo (14,4%) a la cabeza seguido de Avilés (12%), Gijón (10,3%) y Siero (9,2%). Oviedo se mantiene como el municipio más caro de todo el Principado (10 euros/m2) ligeramente por delante de Gijón (9,9 euros), Siero (8,2) y Avilés (8,1 ). «El año 2024 ha confirmado la crisis del mercado reduciendo aún más la escasa oferta y disparando los precios», destacó Francisco Iñareta, portavoz de Idealista. En ese contexto, comienza a aplicarse el nuevo índice de referencia de arrendamientos. ¿Cómo se puede saber cuánto le va subir el alquiler a un inquilino?
Revisar el contrato. En la mayoría de los casos, los contratos de arrendamiento incluyen alguna cláusula que permite actualizar el precio del alquiler. Si el contrato dice que la renta puede actualizarse, desde la entrada en vigor del decreto 7/2019, la norma que regula medidas urgentes sobre vivienda y alquiler, cualquier incremento estará limitado por la variación del índice de precios al consumo (IPC) del período correspondiente. El artículo 18 de la ley de arrendamientos urbanos regula las actualizaciones de la renta. Según este artículo, cualquier subida debe coincidir con la fecha en que se cumpla un año de vigencia del contrato. Así, si el contrato se firmó en mayo, el incremento no puede aplicarse en enero, sino que será efectivo a partir de mayo.
¿Y si no hay acuerdo? Si no hay un acuerdo explícito sobre cuánto sube la renta, el ajuste se realizará siguiendo la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que el pasado mes de octubre fue negativo, del -0,29% interanual. Habrá que esperar, sin embargo, a que el INE publique el dato de diciembre para saber cuál es el valor final. El Ministerio de Vivienda subraya que, en todo caso, la subida no podrá superar la variación del IPC.
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¿Y el nuevo índice de referencia? El índice de referencia para actualizar los alquileres posteriores al 25 de mayo de 2023 se irá publicando mensualmente a partir de este enero. Es una fórmula matemática que se basa en el mínimo valor entre la tasa de variación anual del índice de precios de consumo (IPC), la tasa de variación anual del IPC subyacente y la tasa de variación anual media ajustada. Además, incorpora mecanismos de corrección para la moderación en caso de incrementos superiores. Este enero, por ejemplo, se ha establecido en un 2,20%.
El control del alza de precios
El INE publicó por primera vez el índice de referencia del arrendamiento, aplicable a los contratos firmados después del 25 de mayo de 2023. El índice, del 2,2% para enero, se calcula con el IPC anual, el tipo subyacente, la variación media y un mecanismo de corrección.
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