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Las novedades de Hacienda más significativas para la Campaña de la Renta en 2025

Las novedades de Hacienda más significativas para la Campaña de la Renta en 2025
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  • Publishedenero 13, 2025




La Agencia Tributaria, organismo público dirigido actualmente por la ministra María Jesús Montero, ya prepara su calendario para la nueva Campaña de Declaración de Renta en 2025. En este sentido, y como novedad, Hacienda adelanta la fecha de inicio, que será un día antes que la edición anterior para quienes quieran hacerlo online. Pero esto no es lo único.

Otra medida es la incorporación de nuevos métodos de pago en el caso de que pague, es decir, el resultado es positivo. Junto a las transferencias bancarias, la deuda se puede pagar con tarjeta de crédito o débito y también a través de Bizum.

Cambios confirmados por la Agencia Tributaria correspondientes a 2024

Uno de los cambios reflejados en el Boletín Oficial del Estado (BOE) Tiene que ver con las condiciones para los pagadores.. Lo cierto es que, hasta ahora, aquellos contribuyentes que no superaban los 22.000 euros anuales no estaban obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta, siempre y cuando la suma de lo percibido por el segundo o restantes pagadores no superase los 1.500 euros. Sin embargo, Este límite se eleva a 2.500 euros en 2025.

A esto se suma otra posible modificación, aunque en este caso aún no está confirmada, que tiene que ver con el aumento del Salario Mínimo. La AEAT decidirá si adapta el IRPF al nuevo SMI cuando se conozca la subida definitivaque marca si tributa o no en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En este sentido, cabe recordar que el importe mínimo exento es ahora de 15.876 euros al año.

Por otro lado, el decreto aprobado por el Consejo de Ministros y publicado el 24 de diciembre en el BOE, También incluye la prórroga por un año más, durante 2025, de los límites cuantitativos que delimitan el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva para los autónomos en el IRPF.con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos.

Las personas desempleadas que reciban prestaciones por desempleo tendrán que presentar su declaración de la renta.

Los desempleados beneficiarios de las prestaciones por desempleo Tendrán que presentar la declaración de la Renta a partir de 2025independientemente de que cumplan o no la cantidad mínima para hacerlo, como era obligatorio hasta ahora.

Hasta ahora, los desempleados que recibían prestaciones por desempleo, como cualquier otro empleado, No estaban obligados a presentar la declaración si no obtenían ingresos superiores a 22.000 euros al año o superior a 15.000 euros si tenías dos o más pagadores y uno de ellos te había pagado más de 1.500 euros al año (2.500 euros a 1 de enero de 2025).

Nuevas fechas de presentación

Tal y como se establece en la página web de la Agencia Tributaria, los plazos para la presentación del ejercicio de Renta, correspondiente al ejercicio 2024, son los siguientes:

  • 2 de abril: Comienza la Campaña de la Renta. Las declaraciones se pueden presentar online, a través de Renta Web o la aplicación móvil, con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia
  • 6 de mayo: Inicia la presentación telefónica de la declaración de la Renta 2024-2025
  • 2 de junio: Comienza la presentación de declaraciones de forma presencial en oficinas.
  • 30 de junio: Fin de la Campaña de la Renta 2024-2025



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