posible fraude en la contratación
Un trabajador de Correo En Sant Cugat del Vallès sufrió el precario trabajo realizado hasta el extremo. Durante 20 años a trabajador de Correo En Sant Cugat del Vallès, encadenó más de 84 contratos temporales Siempre ejerciendo funciones similares bajo el paraguas del Acuerdo Colectivo III.
Su vida laboral estuvo marcada por la incertidumbre, aunque las tareas se repitieron, Nunca hubo una continuidad real En la relación contractual.
El modelo utilizado por el correo se centra en un problema ampliamente extendido en los sectores públicos; El uso sistemático de contratos temporales para cubrir las funciones estructurales. Si bien esto es legal en situaciones específicas, la repetición durante décadas puede constituir un Contratación de fraudecamuflando lo que debería ser un lugar fijo.
La jurisprudencia laboral llama a este fenómeno como la «unidad esencial del enlace», utilizada por los tribunales para revisar los años realmente prestados y, en consecuencia, el derecho a la compensación de los despidos.
El protagonista del caso, además, enfrentó dificultades de conciliación familiar. En 2022, solicitó por escrito a los recursos humanos que trabajen solo en el turno de mañana para satisfacer las necesidades derivadas del nacimiento de su hijo.
Correos declaró que no está disponible en las bolsas de empleo, y aparecieron nuevas irregularidades, contratos otorgados a personas fuera de la bolsa y repetidas solicitudes de adaptación del día que no prosperaron.
Correos: un despido inadmisible
El final de esta historia ocurrió en mayo de 2023, cuando Correos notificó el final de su último contratoTerminar la relación laboral.
Dada esta situación, el trabajador demandó a la compañía por despido inadmisible, reclamando toda su vida laboral para el cálculo de la compensación.
El argumento fue firme: si ha trabajado continuamente para una empresa durante 20 años, realizando las mismas funciones, la ley debe protegerse como indefinida, no como «eventual perpetuo«
El caso alcanzado Tribunal Social Número 2 de Terrassaque en primera instancia reconoció la inadmisibilidad del despido y ofreció la opción de readmitir al empleado o compensar apenas 949 euros.
Los afectados luego recurrieron al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)que analizó la cadena de contratos e interrupciones para establecer la fecha de antigüedad en vigencia desde el 3 de abril de 2018, después del declive materno, pero ignorando las interrupciones previas que la compañía consideró relevante.
Finalmente, la sala rechazó que Solicitudes de conciliación familiar Estaban detrás del despido, ya que había contratación después de estas solicitudes.
El despido fue ratificado como inadmisiblepero no nulo, y la compensación recalculada en 9,810 euros. Esta figura es notablemente superior a la inicial, aunque no cubre todas las expectativas de los afectados, lo que buscó el reconocimiento de toda la antigüedad acumulada.
El fallo siguió la línea marcada por el Comité Europeo de Derechos Socialeslo que instó a España a aumentar la compensación en casos de despido sin causa suficiente.
La tendencia comienza a reflejarse en otras oraciones similares, como un tribunal de Guadalajara que otorgó 10,000 euros de compensación adicional por daños en el despido inadecuado a un trabajador a corto plazo. Por lo tanto, se reconoce que la legislación actual no protege adecuadamente al trabajador contra los abusos comerciales de temporalidad.
El impacto social y legal: el final del abuso contractual?
El caso de este trabajador postal no es solo una historia personal, arroja luz a una práctica común en España; el uso abusivo de Contratos temporales Para cubrir las necesidades estructurales.
El sector público no es ajeno a este problemaComo señalan los sindicatos y juristas. Numerosos trabajadores temporales han estado encadenando contratos durante días, meses o campañas, sin acceder a la estabilidad de un lugar fijo.
En el campo legislativo, la Corte Suprema y los tribunales europeos insisten: cuando una empresa usa la misma posición y funciones durante años a través de contratos temporales concatenados, es un vínculo indefinido, y el despido debe tratarse como tal.
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí