David Jiménez, abogado experto en herencias: «Esto es lo que pasa si donas dinero a tu hijo y luego se divorcia»
Los padres siempre intentan ayudar a sus hijos en todo lo que pueden, también en el plano económico, incluso cuando estos ya se han casado y han formado su propia familia. Es habitual que les presten o donen dinero para comprar una vivienda, un coche, iniciar un negocio o simplemente para que hagan un viaje. Sin embargo, una duda muy frecuente entre estos padres es: ¿qué pasa con ese dinero si mi hijo se divorcia? Y es que ninguno quiere que su esfuerzo acabe beneficiando, por ejemplo, a su exnuera.
Donación privativa
Sobre este asunto, el abogado David Jiménez, muy activo en TikTok, ha ofrecido una explicación clara y basada en la ley. Según explica, si esa ayuda económica se ha hecho como donación directamente al hijo, ese dinero tiene carácter privativo, tal y como recoge el artículo 1346 del Código Civil. Esto significa que el dinero donado no entra en el patrimonio común del matrimonio, aunque este se rija por el régimen de gananciales.
Es decir, aunque tu hijo esté casado en gananciales, si tú le haces una donación nominativa, esa cantidad no formará parte de los bienes a repartir en caso de divorcio. Se considera exclusivamente de tu hijo, y por tanto, su expareja no tendrá derecho alguno sobre ese dinero. Este punto es fundamental para proteger el patrimonio familiar y evitar conflictos legales posteriores.
Una duda habitual que también plantea mucha gente es: ¿y si mi hijo ingresa ese dinero en una cuenta compartida con su pareja? ¿Pierde entonces su carácter privativo? Según David Jiménez, no necesariamente. Si la donación está bien documentada —por ejemplo, en un contrato notarial o incluso con una transferencia bancaria donde se especifique que es una donación para el hijo—, el hecho de ingresar el dinero en una cuenta común no modifica su naturaleza.
Respaldo del Tribunal Supremo
El propio Tribunal Supremo ha respaldado esta visión en varias sentencias. En ellas, ha dejado claro que, aunque el dinero se haya mezclado con el del matrimonio en una cuenta ganancial, si se puede demostrar su origen privativo, no se convierte en un bien ganancial. Por tanto, en caso de separación o divorcio, ese importe no se divide ni se reparte, ya que legalmente sigue perteneciendo solo al hijo que lo recibió.
Eso sí, el abogado recomienda dejar muy claro el destino del dinero desde el primer momento. Lo ideal es hacer la donación por escrito, con una escritura o documento que indique que se entrega exclusivamente al hijo. Si se opta por una transferencia bancaria, debe figurar en el concepto que se trata de una “donación privativa” o similar. Estos detalles, aunque parezcan pequeños, son esenciales en caso de un proceso judicial posterior.
Por tanto, si como padre decides hacer una donación a tu hijo, puedes estar tranquilo siempre que dejes constancia clara de que esa ayuda es solo para él. Aunque el dinero se ingrese en una cuenta conjunta del matrimonio, la ley sigue reconociendo su carácter privativo, y la expareja no podrá reclamarlo tras un divorcio, siempre que esté bien documentado.
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