El Supremo deja a Santos Cerdán en libertad provisional tras el informe de la UCO sobre sus mordidas
El juez que investiga el ‘caso Koldo’ en el Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha decretado este miércoles la libertad provisional de Santos Cerdán considerando mitigado el riesgo de destrucción de evidencia, una vez informe de la UCO de la Guardia Civil sobre su patrimonio, lo que refleja que la trama que presuntamente lideró en Navarra cobró sobornos del 2% por cada contrato de obra pública amañado.
El magistrado cree que Se han reforzado las «indicios consistentes» que ya pesaban en contra del exlíder socialista, pero que ello no justifica mantener la medida cautelar excepcional de prisión, que ahora se sustituye por las de comparecer quincenalmente ante el tribunal y la prohibición de salir del territorio nacional, con retiro de pasaporte.
El abogado de Santos Cerdán, Jacobo Tejeloha llegado al centro penitenciario de Soto del Real pasadas las 12:30 horas y ha estado reuniéndose con su defendido, según fuentes consultadas por laSexta presentes en el centro penitenciario de Soto del Real.
Cerdán lució en la cárcel de Soto del Real desde el pasado 30 de juniocuando ingresó a prisión preventiva luego de prestar declaración como investigador. El juez consideró entonces que el riesgo de que pudiera ocultar, alterar o destruir pruebas relevantes era muy intenso. Ahora bien, basándose en la investigación realizada hasta el momento, considera que el riesgo está «gravemente mitigado»ya que se ha obtenido información que, de otro modo, «muy probablemente, habría quedado ocluida o de muy difícil acceso».
En su auto, el juez detalla, no obstante, que «el resultado de la investigación realizada no sólo no ha diluido los signos consistentes de criminalidad con los ya contados en el caso, sino, todo lo contrario, los ha reforzado en gran medida y ha abierto nuevas líneas de investigación«Sin embargo, añade que esto no justifica por sí solo mantenerle en prisión provisional, incluso cuando el avance de la investigación no ha hecho más que confirmar y reforzar estos indicios.
Para mantener la prisión, explica la resolución, la Ley de Enjuiciamiento Criminal exige que exista riesgo de fuga, destrucción de pruebas o repetición criminal y el juez señala que esto último puede descartarse razonablemente, ya que Cerdán, que renunció a todos sus cargos y renunció al cargo de diputado tras su acusación, ya no ocupa ningún cargo público ni relación orgánica de gestión con el PSOE.
Añade el coche que «Tampoco se identifica la presencia de un riesgo cierto y grave de fuga. o posible sustracción a la acción de la justicia que, si bien nunca puede descartarse total o absolutamente, puede en este momento intentar evitar con la adopción de diversas medidas cautelares y, por supuesto, menos restrictivas de la libertad personal.» Respecto al riesgo de destrucción de evidenciael juez entiende que ha sido mitigada, por lo que no hay motivo para mantener la prisión provisional.
El magistrado añade, no obstante, que procede establecer determinadas medidas cautelares contra el exsecretario de Organización del PSOE, ante la persistencia y fortalecimiento de los consistentes indicios de la comisión de hechos delictivos, con el fin de asegurar su presencia en el procedimiento y dificultarle la huida de la acción de la justicia.
Por tanto, impone la obligación de que Aparece cada 15 días. en el Tribunal Supremo o en el juzgado más cercano a su domicilio, si así lo solicita, así como cuántas veces le llaman, y el Prohibición de salir de España.. Para ello deberá entregar su pasaporte.
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