La CNMC multa a Naturgy con 5 millones por restringir la competencia en el mercado de contadores eléctricos
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a UFD Distribución Electricidad, distribuidora eléctrica del Grupo Naturgy, con 5,08 millones por restringir la competencia en el mercado de instalación de determinados equipos de medida eléctrica -medidores eléctricos- entre mayo de 2018 y mayo de 2021, informó el organismo.
En concreto, la CNMC sanciona con esta cantidad a UFD por una infracción muy grave del artículo 2 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia (LDC) y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
La investigación se inició tras una denuncia de Axon Time y Enerlin Ingenieros contra la distribuidora eléctrica Naturgy por posibles prácticas contrarias a la normativa de competencia. En abril de 2023, la CNMC llevó a cabo inspecciones en dos sedes del grupo Naturgy y en noviembre de ese año inició un procedimiento sancionador contra UFD.
El regulador señaló que «la ley de competencia exige que las empresas en posición dominante sean especialmente responsables de no restringir la competencia ni en el mercado que dominan ni en mercados relacionados» y destacó que, en concreto, «la realización de acciones sin protección regulatoria que tengan capacidad de producir efectos excluyentes será abusivo, cualquiera que sea la intencionalidad de la conducta”.
En este caso concreto, el organismo presidido por Cani Fernández indicó que la UFD interpretó incorrectamente que la obligación de integrar todos los contadores del segmento doméstico en los sistemas de telegestión de la distribuidora también era aplicable a determinados tipos de contadores del segmento industrial (tipo 3 y 4).
Así, afirmó que dicha conducta resultó en la imposición de requisitos no previstos reglamentariamente y en la denegación o demora en la instalación y activación de equipos equipos de medida propiedad de otras empresas de servicios de medida y clientes industriales.
Sin embargo, indicó que, si bien la empresa corrigió internamente esta interpretación en mayo de 2021, «con sus prácticas restringió la competencia y la elección de los consumidores y operadores alternativos».
Prohibición
Fuentes de la empresa consultadas por Prensa Europa Destacaron que, tal y como señala la CNMC, ya se ha corregido la interpretación errónea que se ha hecho de la normativa.
Junto con la multa, la UFD tendrá prohibida la contratación con el sector público en todo el territorio nacional por un período de cuatro meses. La prohibición afecta a los contratos de obras, suministros y servicios vinculados al mercado de instalación de equipos de medida eléctrica y su puesta a disposición en los puntos de suministro de baja tensión afectados por la conducta, excepto cuando el distribuidor eléctrico de Naturgy está obligada a hacerlo según la normativa sectorial.
Asimismo, la CNMC impone obligaciones de cumplimiento e información, como activar equipos de telemetría propiedad de terceros ya instalados y permitir la instalación y activación de otros nuevos cuando lo solicite el cliente.
Asimismo, las UFD deberán permitir la instalación de equipos de medición eléctrica amparados por la normativa y informar a los titulares de los puntos de suministro afectados y publicar las nuevas obligaciones en su página web.
Contra esta resolución la empresa podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su notificación.
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