La jueza no ve delito en el papel del delegado del Gobierno en el operativo de la Vuelta
El dueño de la Juzgado de Instrucción 45 de Madrid rechazó la denuncia presentada por manos limpias contra el El delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, no ver ningún delito en la gestión del sistema policial desplegado durante la última etapa del Vuelta a España en bicicleta el pasado 14 de septiembre.
Tras abrir un procedimiento previo para registrar la denuncia presentada por el autoproclamado sindicato manos limpiasel magistrado Luisa María Prieto determinó que “no procede admitir a trámite esta denuncia porque considera que los hechos no constituyen un delito penal”, según auto al que tuvo acceso EFE este miércoles.
EL juez ve en la denuncia de esta organización «una denuncia de un tercero» bajo las directivas del delegado de la Gobierno en la Comunidad de Madrid ante el desarrollo de un hecho, y que, subraya, «tiene su cauce fuera del derecho penal».
En su auto, explica que la denuncia responsabiliza penalmente a F.Rancisco Martín actos cometidos por otros, que «al parecer causaron lesiones a los agentes en el ejercicio de sus funciones, encaminadas a asegurar el desarrollo del hecho».
manos limpias presentó denuncia por presuntos delitos de lesiones y desorden público y desobediencia a la autoridad, ocasionados con grave imprudencia en relación con el operativo policial de la última etapa del rodillasdonde tuvieron lugar protestas contra los ataques israelíes a civiles Bucle.
Ese día, 22 policías resultaron levemente heridos y la policía identificó 97 personas -cuatro de los cuales tenían antecedentes penales por alteración del orden público y siete por delitos de derecho común- en un sistema en el que, como dijo el delegado de la Gobierno en la Comunidad de Madridla policía «actuó proporcionalmente».
Además de negar que los hechos denunciados constituyan un delito penal, el juez comienza a analizar algunos de los delitos que la organización ha pedido investigar.
Por ejemplo, el desorden público y la desobediencia a la autoridad con imprudencia grave, que segúnEl juez asevera con contundencia: “no existe” porque es un delito intencional que no puede cometerse imprudentemente.
Y respecto al daño imprudente, debe existir dolo y “no se describe ninguna conducta voluntaria que pueda enmarcarse en este tipo de delito”.
Por todo ello, el magistrado, que recuerda que el derecho procesal penal indica que “la Corte «se abstendrá de iniciar diligencia» cuando los hechos descritos en la denuncia no tengan el carácter de delito, sea improcedente y se dé por cerrado el procedimiento.
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