¿Me pueden prohibir mis vecinos instalar un cargador para el coche eléctrico en el garaje?
Los vehículos eléctricos llevan un tiempo entre nosotros, y el salto a ellos es cada vez más inevitable. Por eso muchos españoles optan por comprar coches eléctricos o híbridos enchufables, lo que genera problemas a los vecinos a la hora de querer poner un cargador en su garaje.
Cuando los garajes son comunitarios, los usuarios deben sortear barreras burocráticas y vecinales que no se entienden fácilmente.
En el momento en que solicita permiso para instalar una estación de carga en su plaza de aparcamiento, a menudo surgen preguntas basadas en Desconocimiento de las normas. Pero la pregunta que cabe hacerse es: ¿Puede la comunidad de propietarios prohibirme instalar mi propio cargador?
La respuesta es tono alto No. La legislación española reconoce la necesidad de fomentar el uso del coche eléctrico y, por tanto, protege el derecho de los propietarios de vehículos a instalar estaciones de carga en su propio espacio, incluso en contra de la voluntad de sus vecinos.
El trabajo debe ser notificado.
El principal marco legal que regula esta situación es ley de propiedad horizontal. La ley prevé una serie de facilidades y derechos que minimizan el poder de veto de la comunidad. Sin embargo, para que la instalación sea completamente legal y se eviten posibles conflictos se deben cumplir varios requisitos.
Se modificó la ley para simplificar los procedimientos, que antes eran una gran molestia. Ahora es mucho más cómodo instalar puntos de recarga de uso privado en las plazas de aparcamiento. De hecho, se considera una mejora de la propiedad. No se requiere aprobación de la comunidad.
El proceso de instalación de un cargador en el garaje.
Los propietarios de viviendas que deseen instalar una estación de carga para uso particular deberán seguir estos pasos:
- notificación obligatoria. El propietario está obligado a comunicar la instalación mencionada a la comunidad de propietarios y al administrador con una antelación razonable.
- no hay necesidad de votar. No es necesario presentarse al comité vecinal ni obtener aprobación. Por tanto, la sociedad no puede negarse.
- El coste total de la instalación, incluidos los materiales, la mano de obra y el propio cargador, debe ser a cargo del beneficiario efectivo.
El único requisito técnico es que se debe instalar una infraestructura de carga para que el suministro eléctrico provenga de la red privada del propietario o de una red comunitaria con contadores personalizados para garantizar El consumo lo paga el usuario.. Normalmente, el cableado va desde el cargador hasta el medidor de electricidad personal de la casa.
Aunque una comunidad no puede prohibir la instalación de cargadores, sí puede reclamar su incumplimiento si:
- Instalar Afectar la seguridad.
- Instalar Cambiar zonas comuneses decir, se modifican injustificadamente el techo, paredes y pasillos del garaje o se invade el espacio de otros vecinos.
En estos casos, las comunidades deben celebrar reuniones para discutir qué medidas se deben tomar, pero no se debe prohibir la instalación de estaciones de carga.
Preguntas clave sobre la instalación de cargadores en garajes comunitarios El principal marco legal que regula estas instalaciones es la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). En concreto, se modificó el artículo 17.5 para agilizar estos procedimientos, eliminando así la obligación de obtener la aprobación previa de la comunidad de propietarios.
No, simplemente lo notificas, pero no lo votas.
El 100% del coste corre a cargo del beneficiario.
¿Qué leyes obligan a instalar cargadores en los garajes comunitarios?
¿Necesito que el barrio vote y apruebe la instalación?
¿Quién corre con los costes de instalación y el consumo eléctrico?
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