¿Se puede parar en medio de un paso de peatones por culpa de un atasco? Muchos conductores creen que no pasa nada
En 1951, llegó primeros pasos de peatones A Europa: concretamente, al Reino Unido. Dos años después, él mismo se pintó Primero En España y han sido parte del paisaje urbano desde entonces.
Para ser verdaderamente un paso de peatones debe tener la manera específica que todos conocemos: una serie de lineas paralelas De gran ancho dispuesto en la acera en dirección transversal al tuyo eje. En esta zona dan prioridad Alabama peatones para que crucen de un lado al otro.
el momento una persona pone un pie sobre el pasado, Todo los vehículos deben parar Y déjalo pasar… siempre que puedan hacerlo de forma segura. Por ello, deberán moderar la velocidad al acercarse y detenerse si hay peatones cruzando.
Es lo que establece la artículo 46.1 del Reglamento General de Circulación (RGC): “Se circulará a velocidad moderada y, en su caso, el vehículo se detendrá cuando las circunstancias lo requieran, en particular (…) cerca de pasos de peatones no regulados por semáforos o agentes viales”.
Una infracción grave de 200 euros.
Saltar Un paso de peatones se considera un violación grave y, como tal, es castigado con una Bien De 200euros. Si esta acción también implica una riesgo para el peatones tienes que agregar el pérdida De cuatro puntos en papel.
El objetivo de esta prioridad de los pasos de peatones y su respeto por parte de los conductores es evitar accidentes de peatones. En este sentido conviene tener en cuenta un punto de la norma que muchos olvidan: sobre todo cuando se produce un atasco.

En un atasco, ¿se puede parar en un paso de peatones?
Ingresar con el vehículo en el paso de peatones Y quédate en el medio, Obstruir la circulación de los peatones también constituye una infracción grave. Por lo tanto, la pena correspondiente es 200euros.
Así es como lo recoge artículo 59.1 del RGC: “Incluso si goza de prioridad de paso, Nadie el conductor debe penetrar con su vehículo en (…) un paso de peatones Si la situación del tráfico es tal que, como era de esperar, podría ser arrestado «de tal manera que impida o impida la circulación transversal».
Finalmente, el artículo 94.1 bis 2 de la misma legislación nos recuerda esto No detenerse o estar de pie o estacionarse en un paso de peatones. El incumplimiento de esta norma se considera un violación grave, igual que en los casos anteriores. Por lo tanto, la multa será 200euros.
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