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el Estatuto de los Trabajadores valida como procedentes los despidos por falta de higiene

el Estatuto de los Trabajadores valida como procedentes los despidos por falta de higiene
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  • Publishedfebrero 1, 2026




La falta de higiene personal en el trabajo, cuando genere daños evidentes a la convivencia o desarrollo de la actividad, puede constituir causa legal para un despido disciplinario y procedente. Así lo explica el abogado laboralista Juanma Lorentequien en sus redes sociales ha detallado cómo Estatuto de los Trabajadores contempla esta situación, muchas veces percibida como un asunto delicado o privado.

La clave jurídica reside en que la consecuencia de la conducta trasciende lo personal, afectando al equipo, a la imagen corporativa o incluso a la salud en determinados sectores.

La base jurídica se encuentra en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadoresque permite el despido disciplinario por incumplimiento grave y culpable de las obligaciones del trabajador. Una continua falta de higiene. puede encajar en esta suposición si se demuestra que su impacto altera el clima laboral, provoca conflictos entre compañeros o daña la relación con los clientes.

Lorente destaca que no se trata de juzgar una condición personal, sino de evaluar el efecto perturbador en el ambiente laboral, generando un ambiente «horripilante» dónde «No puedes trabajar al lado» de la persona afectada.

El proceso que debe seguir la empresa

La legislación exige que la empresa actuar proporcionalmente y seguir un procedimiento gradual antes de optar por el despido. En primer lugar, debes advertir al trabajador de la situación. Esto suele materializarse en una o más advertencias, ya sea verbal o escrita, especificando la necesidad de corregir la conducta. El abogado indica que «La empresa debería darle algunas advertencias, algunas sanciones por oler mal».«, ofreciendo la oportunidad de hacer las paces.

Sólo si, a pesar de las advertencias, la situación persiste, la empresa podría proceder al despido disciplinario. Este proceso escalonado es crucial para que la sanción final sea considerada apropiada por un juez.

Las empresas suelen abordar el asunto inicialmente con discreción, con conversaciones privadas e incluso valorar si existe algún problema médico de fondo, antes de iniciar un expediente disciplinario formal.

Los tribunales, al analizar estos casos, examinan minuciosamente si la empresa puede probar la existencia objetiva del problema, que hubo advertencias previas documentadas y que la conducta tangiblemente afectado para trabajar.

La jurisprudencia respalda esta medida, especialmente en sectores donde la higiene es un imperativo legal. (como comida u hospitalidad) o donde la atención al público hace de la imagen un factor crítico, protegiendo así tanto el entorno laboral como los intereses de la empresa.



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