Ábalos esgrime «lumbalgias de repetición» que le «impiden la movilidad» para que el Supremo le permita declarar desde prisión
José Luis Ábalos ha aportado al Tribunal Supremo (TS) varios informes médicos para acreditar que padece «lumbalgias recurrentes» y un síndrome ansioso-depresivo, entre otras patologías, para que la Sala de lo Penal le permita declarar por videoconferencia el día 12 en la vista previa convocada antes del juicio, aún sin fecha, del «caso máscara», en el que se enfrenta a una petición máxima de pena de 30 años de prisión.
Según revela su defensa en el documento que acompaña estos informes, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, el exministro también sufre estenosis, diabetes, dislipidemia, hipertensión arterial y escoliosis que «le provocan lumbalgia hasta el punto de impedirle la movilidad».
En ese escrito, su abogado señala que toda la información médica enviada «indica el posible impacto del traslado en la situación física» del exsecretario de Organización del PSOE.
Entre los diversos documentos se encuentra precisamente un dictamen del gabinete médico del Congreso de los Diputados del 27 de noviembre del año pasado que hace referencia a estos dolores lumbares y a un «síndrome ansioso depresivo». Incluso unos meses antes, en abril de 2025, el equipo médico de la Cámara Baja incluso le recetó reposo domiciliario para superar un episodio de lumbociática.
«Pérdida de fuerza»
Estos informes afirman también que estos dolores lumbares provocan al exlíder socialista una «pérdida de fuerzas».
Ábalos, en prisión provisional desde el pasado noviembre por el «caso Koldo» y pendiente de juicio por la presunta manipulación de premios pandémicos para la compra de mascarillas a cambio de comisiones, pretende comparecer en esa previa por videoconferencia desde la prisión de Soto del Real en Madrid.
La ex ministra alude a la «dureza» de los traslados a la sede judicial, en los que los presos «son trasladados en furgonetas blindadas diseñadas para la seguridad, no para la comodidad, compartiendo muchas veces espacios reducidos y en condiciones higiénicas mejorables». Y recuerda que el Defensor del Pueblo “ha recomendado en ocasiones la revisión de protocolos para evitar viajes innecesarios y mejorar las condiciones”.
«Deterioro emocional y físico»
Estos traslados en furgoneta suponen -subraya su abogado, Marino Turiel- «un deterioro psíquico y físico» para el preso, por lo que entiende que «el sufrimiento que suponen no puede dejar de justificarse por la necesidad imperiosa de dicho traslado a la sede judicial», algo que no aprecia en este caso, en el que su presencia forzosa en la sala del tribunal puede ser sustituida «por el método de la videoconferencia».
Un método, señala, «plenamente válido y eficaz con garantía de inmediatez y diálogo procesal válido» según la Ley de Enjuiciamiento Criminal y que, subraya, garantiza también el derecho de defensa.
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