Le dijeron que detuviera la marcha, pero hizo caso omiso
La jueza del Tribunal de Instancia de Pravia, Pilar Expóxito, ha dictado auto de procesamiento contra Yago Troncoso, el hombre que causó la muerte del guardia civil de Tráfico Dámaso Guillén, al arrollarle con un coche que acababa de coger tras intentar matar a hachazos a la persona con la que vivía. Le achaca hasta siete delitos: un homicidio por imprudencia grave, otro homicidio en grado de tentativa, conducción sin licencia, conducción temeraria, daños, atentado a la autoridad y lesiones.
[–>[–>[–>El ministerio público ha sido requerido para presentar su escrito de acusación, que hará en breve. Luego lo hará la acusación particular, que ejerce la familia de Guillén, asesorada por el letrado Carlos Hernández Fierro. Finalmente la defensa presentará su escrito.
[–> [–>[–>Según el relato que hace la magistrada, sobre las cinco de la tarde del 1 de abril de 2023, en una casa de Beifar, «habría tenido lugar una discusión entre Yago Troncoso y el propietario de la vivienda, en el seno de la cual el primero habría agredido al segundo con un hacha de grandes dimensiones propinándole golpes en la zona de la espalda mientras le profería expresiones intimidatorias tales como ‘de aquí no vas a salir vivo’ o ‘me voy a correr del gusto matándote’. El dueño de la casa habría conseguido salir del referido inmueble introduciéndose en el asiento del copiloto de un vehículo propiedad de una vecina».
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Troncoso habría salido detrás del hombre a golpear la ventanilla del vehículo en el que se encontraba, hasta romper el cristal de la misma. El perseguido habría salido del vehículo comenzando a dar vueltas alrededor del mismo mientras el investigado le profería expresiones intimidatorias tales como “te voy a matar” consiguiendo alcanzarle, momento que habría aprovechado para levantar el hacha y dirigirla a la zona de la cabeza del hombre, quien, a su vez, habría impedido que el investigado consiguiera su propósito al interponer su brazo derecho. Asimismo, un vecino habría intentado arrebatar a Troncoso el hacha sufriendo un golpe en la nariz.
[–>[–>[–>El primero fue diagnosticado de una herida incisa tanto en el antebrazo derecho como en el dorsal derecho sufriendo una fractura conminuta escapular derecha y un hematoma periescapular así como una ansiedad reactiva y una anemización secundaria para cuya curación fue necesaria, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico-quirúrgico consistente en la limpieza y sutura de la herida del antebrazo así como en la colocación de puntos de aproximación en la herida de la espalda. Permaneció ingresado por anemización teniendo que ser tratado, además, por un cuadro de ansiedad. Invirtió en su curación un total de sesenta días de los cuales tres tienen la consideración de graves y cincuenta y siete de moderados. Sufre, además, una secuela consistente en dolor en los movimientos del hombro valorada en tres puntos así como una secuela consistente en cicatrices en el antebrazo derecho de ocho céntimos y de siete centímetros en la región escapular dorsal derecha valoradas en cuatro puntos.
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El segundo fue diagnosticado de hematoma periorbitario derecho, erosión en dorso nasal así como de una herida incisa de unos tres centímetros en el dorso de la mano izquierda para cuya curación fue necesaria, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico consistente tanto en limpieza y sutura de la herida de la mano como en curas periódicas invirtiendo en su curación un total de dieciocho días de los cuales catorce tienen la consideración de moderados y cuatro de básicos. Sufre, además, una secuela consistente en una cicatriz, apenas perceptible, de tres centímetros en la región interdigital
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[–>Posteriormente, Troncoso se habría introducido, sin el consentimiento de su titular, en el Renault Laguna del hombre con el que vivía, cuyas llaves habría cogido del interior de la vivienda tras preguntar, cuando ya había agredido a este y mientras portaba el hacha, por el lugar en que encontraban. Ya en el interior del vehículo el investigado habría iniciado la marcha, pese a carecer de licencia para ello, en dirección al resto de casas de la localidad de Beifar para incorporarse a la carretera AS- 236 (en sentido Grullos-Peñaullán). Esta carretera se encontraba cortada con ocasión de la prueba deportiva “Santiago Santana” motivo por el cual un miembro de la seguridad de seguridad de la prueba deportiva, habría realizado indicaciones inequívocas al investigado para que detuviera la marcha haciendo este caso omiso incorporándose a la vía en sentido Peñaullán.
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A continuación, Troncoso se habría encontrado con dos agentes de la Guardia Civil, que se encontraban circulando con la uniformidad propia y con motocicletas perfectamente reconocibles, quienes le indicaron que detuviera la marcha haciendo este, de nuevo, caso omiso, hasta colisionar con el agente Dámaso Guillén, que, a su vez, conducía la motocicleta BMW. Guillén falleció en el lugar del siniestro a consecuencia de un shock traumático-hipovolémico. Troncoso abandonó el lugar de los hechos siendo localizado sobre las 20.04 horas junto a una agrupación de árboles en la ribera del río Nalón. Habría opuesto resistencia activa a los agentes actuantes.
[–>[–>[–>El primero habría caído al suelo golpeándose los dedos de la mano derecha, y el segundo también habría caído al suelo golpeándose la muñeca izquierda. Todos los perjudicados reclaman la indemnización que pudiera corresponderles.
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