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¿Es posible cambiar de trabajo aunque hayas firmado un contrato de permanencia? Estas son las condiciones

¿Es posible cambiar de trabajo aunque hayas firmado un contrato de permanencia? Estas son las condiciones
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  • Publishedfebrero 13, 2026




Después de meses de desempleo y semanas de intensa búsqueda de empleo, un trabajador finalmente recibe una oferta indefinida de una empresa. La propuesta no cubre del todo todas tus expectativas salariales ni la ubicación ideal, pero te ofrece cierta estabilidad y seguridad económica que estabas esperando desde hace tiempo. Ante la necesidad de reincorporarse al mercado laboral, decide aceptar el trabajo y firma un contrato que incluye una cláusula de permanenciacomprometiéndose a permanecer en la empresa durante un período determinado.

Sin embargo, apenas un mes después recibe un correo electrónico de otra empresa ofreciéndole mejores condiciones, más salario y beneficios adicionales. Esta situación genera una duda inmediata sobre la posibilidad de cambiar de trabajo cuando hay un contrato indefinido vigente y cuáles serían las consecuencias jurídicas y económicas de tomar esa decisión. La situación plantea la cuestión fundamental sobre la Límites de la libertad laboral frente a los compromisos contractuales. ficticio. Por tanto, ¿cómo puede actuar un empleado en esta situación concreta?

¿Puede un trabajador romper un contrato de permanencia?

En España, la legislación laboral reconoce que el trabajador tiene derecho a rescindir su contrato de trabajo en cualquier momentotal y como establece el artículo cuarto del Estatuto de los Trabajadores, que protege la libertad de elección y cambio de empleo. El contrato de permanencia, firmado a cambio de una prestación como formación o incentivos económicos, no puede impedir absolutamente que el trabajador ejerza este derecho, pero puede incluir condiciones económicas proporcionales al incumplimiento, amparadas por el artículo 1255 del Código Civil, que permite acuerdos válidos siempre que no sean contrarios a la ley, la moral o el orden público.

Si el trabajador decide abandonar la empresa antes de cumplir el periodo de permanencia, la cláusula puede exigir la devolución de los beneficios recibidos o una compensación económica. La jurisprudencia del Tribunal Supremo, especialmente la STS 26/05/2011, establece que estas sanciones deben ser proporcionadas y no desproporcionadas, ya que cualquier medida que limite absolutamente la libertad de trabajo puede considerarse nula. Además, si la cláusula se considera abusiva, no se puede hacer cumplir.

La importancia de avisar con antelación a la empresa

La formalidad del aviso también es importante. El artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores establece que el trabajador deberá comunicar su dimisión, respetando los plazos de preaviso previstos en el convenio colectivo o en el contrato individual. El incumplimiento del aviso podrá implicar una deducción proporcional en la liquidación final, pero no impedirá la resolución del contrato. Si la permanencia está vinculada a la formación o ayuda recibida, el artículo 1101 del Código Civil establece la obligación de indemnizar los daños y perjuicios derivados del incumplimientoque incluye el reembolso de gastos proporcionalmente al tiempo restante del compromiso.

Para que exista obligación de indemnización es imprescindible que la empresa haya tenido conocimiento previo de la aceptación del cláusula de permanencia y que el trabajador la ha firmado de forma fehaciente. En caso de dudas sobre su validez o proporcionalidad, es recomendable negociar con la empresa la forma de compensación o consultar con un abogado laboralista para evitar conflictos judiciales. La compensación debe ser razonable y proporcional al beneficio recibido, respetando los derechos del trabajador y evitando cláusulas que impidan efectivamente el cambio de puesto de trabajo.



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