Ojo al aviso del abogado Juanma Lorente: “Cuidado, te están despidiendo sin que te des cuenta”
A nadie le gusta ser despedido. Sin embargo, las consecuencias dependen mucho del tipo de despido. Cuando un despido es declarado procedente, significa que la empresa ha acreditado de forma suficiente las causas alegadas y, en determinados supuestos como el disciplinario, el trabajador no tiene derecho a indemnización. En cambio, si el despido es declarado improcedente, el empleador deberá optar entre readmitir al trabajador o abonarle la indemnización correspondiente.
[–>[–>[–>La diferencia entre uno y otro escenario no es menor. En un despido disciplinario procedente, la empresa sostiene que el trabajador ha incumplido de forma grave y culpable sus obligaciones, y si los tribunales le dan la razón, la extinción del contrato se produce sin indemnización. En el improcedente, en cambio, no se consideran suficientemente probadas esas causas o no se han cumplido los requisitos formales, y eso obliga a compensar al empleado. Precisamente en esa frontera es donde, según advierte el abogado laboralista Juanma Lorente, pueden producirse situaciones que muchos empleados no detectan a tiempo.
[–> [–>[–>Despido encubierto
[–>[–>[–>
“Tu empresa te está despidiendo a coste cero sin que te des cuenta”, alerta Lorente al referirse a una práctica que califica de despido encubierto. Según explica, muchos trabajadores restan importancia a las sanciones que no implican pérdida de sueldo ni suspensión de empleo. “La mayoría de trabajadores no echa ni cuenta cuando la empresa le pone una sanción que en vez de quitarle dinero o quitarle unos días de empleo y sueldo lo que hace la empresa es amonestarle por escrito”, señala. En apariencia, se trata de un simple aviso formal que no tiene repercusión económica inmediata.
[–>[–>[–>
El problema, apunta el abogado, es que en numerosos convenios colectivos se contempla la posibilidad de que incluso para infracciones graves la empresa pueda optar por una mera amonestación por escrito. Eso hace que el trabajador, aunque no esté de acuerdo con el contenido de la sanción, decida no impugnarla. “Como no le quitan dinero lo deja estar y esto es un grave error”, advierte Lorente. Esa falta de reacción puede tener consecuencias a medio plazo que no siempre se perciben en el momento en que se recibe la comunicación.
[–>[–>[–>Y es que, la acumulación de varias amonestaciones puede convertirse en la base de un despido disciplinario por reiteración de faltas. “La empresa, gracias a estas sanciones que solo amonestan por escrito, puede estar fabricando un despido a base de una reiteración de sanciones menos graves”, sostiene. Es decir, lo que en un primer momento parecía una advertencia sin efectos prácticos puede formar parte de una estrategia que desemboque en la extinción del contrato sin derecho a indemnización.
[–>[–>[–>
Impugna las sanciones
[–>[–>[–>
El punto clave, insiste, está en la impugnación individual de cada sanción. “Si tú no demandas esas sanciones de manera individual es como si estuvieras de acuerdo con ellas”, afirma. Al no recurrirlas en el plazo legal, quedan firmes y pasan a formar parte del historial disciplinario del trabajador. Llegado el momento, la empresa puede alegar que existe una conducta reiterada y apoyarse en esas sanciones previas para justificar un despido disciplinario. “Va a llegar el momento en el que tenga una razón de peso para despedirte sin indemnización”, resume.
[–>[–>
[–> [–>[–>[–>En ese escenario, aunque el trabajador decida impugnar el despido, la situación procesal puede complicarse. “Aunque demandes el despido será muy complicado que el despido sea improcedente”, advierte el abogado, si las sanciones anteriores no fueron recurridas en su momento. La empresa puede argumentar que existe una sucesión de incumplimientos ya consolidados y no cuestionados, lo que refuerza su posición ante un juez. El ahorro para la empresa, según Lorente, es evidente: evitar el pago de una indemnización gracias a la acumulación de faltas no impugnadas.
[–>[–>[–>
Por eso, el mensaje final del letrado es claro: “Si la empresa te ha sancionado por escrito, asesórate porque puedes estar al comienzo de tu despido y no te estás dando ni cuenta”.
[–>[–>[–>
Suscríbete para seguir leyendo
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí