lo aclara la Ley de Propiedad Horizontal
Una de las creencias más populares que normalmente tenemos sobre la convivencia con nuestros vecinos es que necesitamos todo tipo de autorizaciones cuando queremos hacer una obra en casa. Pero no siempre es así. Al menos así lo dice la Ley de Propiedad Horizontal, que es la legislación que “vigila” nuestra convivencia y que, en su artículo 10 (sección 3.b) detalla claramente las obras para las que no tienes que pedir permiso. Da igual que a tus vecinos tu actitud no les guste o se quieran oponer. No pueden.
[–>[–>[–>De hecho la ley es clara en este sentido. Si quieres segregar tu vivienda (dividirla, que es algo que no es muy común en los pisos nuevos pero sí en los más viejos que contaban con más metros cuadrados y que ahora muchos están aprovechando para hacer nuevas viviendas), o quieres comprar otro piso y agregarlo al tuyo eso requiere una obra que no tiene porqué estar autorizada.
[–> [–>[–>El artículo de la Ley de Propiedad Horizontal asegura que esas obras sí que requieren un acuerdo con la comunidad pero no necesariamente la unanimidad. Y no la requieren en el caso de que en el proyecto de obra que se haga y que se presente al resto de los vecinos no se modifique la estructura del edificio, no se alteren elementos comunes esenciales y se ajusten correctamente los coeficientes de participación.
[–>[–>[–>
Qué quiere decir esto último: que si antes pagabas x de comunidad porque tenías un piso más grande o más pequeño ese dinero con el que contribuyes cada mes a los gastos comunes se tiene que adaptar sí o sí a tu nueva realidad. En definitiva: que va a cambiar lo que pagas de comunidad porque también se supone que cambia lo que gastas, es decir, contribuyes más o menos a la comunidad porque disfrutas de más o menos privilegios.
[–>[–>[–>La cuota de la comunidad, de hecho, debe ser algo que se pague en función de los metros cuadrados de la vivienda a no ser que en la junta de propietarios se decida otra cosa, en cuyo caso prevalecerá ese último acuerdo. Normalmente en esos gastos de comunidad se incluyen cosas como la limpieza de las áreas comunes o los gastos de calefacción o de otro tipo de suministros que necesite el edificio. Y ojo porque los que tengan plazas de garaje o trasteros también tendrán que pagar un porcentaje por ese tipo de inmuebles que se considera que tributan a más de la vivienda.
[–>[–>[–>
Puedes consultar la fuente de este artículo aquí