PAGA ESTADO | Ya es oficial, la Seguridad Social podría suspender la pensión de jubilación si se cobra otra prestación de mayor cuantía económica
Una persona que esté jubilada no puede cobrar la pensión y a la vez otra prestación del Régimen General. Pero es que si se diera el caso, la Seguridad Social podría suspender la pensión de jubilación si se cobra otra prestación de mayor cuantía económica.
[–>[–>[–>De forma general, el jubilado podrá elegir con qué pensión quiere quedarse, pero en caso contrario, la Seguridad Social suspenderá la que sea de menor importe. Esto en algunos casos puede suponer perder la pensión de jubilación porque puede darse el caso de tener otra prestación más alta.
[–> [–>[–>Una pareja de jubilados. / Freepik
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Un ejemplo de incompatibilidad con la pensión de jubilación es la incapacidad permanente. Se puede dar el caso de que esta última sea de mayor cuantía que la pensión de jubilación, con lo que, a la hora de decantarse por una o por otra, el beneficiario acabe renunciando a la pensión de jubilación para quedarse con la incapacidad permanente.
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Ley General de la Seguridad Social
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Se trata sin duda de un caso que puede llamar la atención, pero que sí se da y así está recogido en la Ley General de la Seguridad Social. Así, otras prestaciones incompatibles son la pensión de vejez y la pensión del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI).
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