El artículo 26 del RGV lo deja claro y si no llevas este papel en el coche, te van a multar con hasta 500 euros
¿Revisas todo lo que necesitas llevar en el coche? Estos últimos meses nos han ‘bombardeado’ con el faro V16, pero no es el único elemento obligatorio que hay que llevar consigo para no volver a casa con una multa.
Nos referimos a la autorización de circulación, contenida en el artículo 26 del Reglamento General de Vehículos (RGV). Por supuesto, este no es un tema nuevo, porque forma parte de la legislación desde hace años. Y la multa puede llegar hasta los 500 euros..
Artículo 26 RGV: qué llevar siempre en el coche
El artículo 26 del RGV establece que el conductor tiene la obligación de estar en posesión y llevar consigo algunos documentos, así como mostrarlos si el agente así lo solicita. El primero es el permiso de circulación, que identifica la propiedad del vehículo. Algo así como la «identificación» de su automóvil.
Este es el documento que muestra quién es el propietario del vehículo y si está completamente matriculado. La regla sólo permite una excepción, por ejemplo sustituir la autorización por una autorización provisional emitida por la Dirección de Tráfico. Tiene los mismos efectos jurídicos y suele concederse mientras llega el permiso definitivo.
El artículo 26 del RGV prevé, además del permiso de conducción, también la posesión de la tarjeta ITV a bordo del coche. el es quien lo certifica El vehículo está homologado para circular.que cumpla con las condiciones técnicas y, por supuesto, tenga vigente el BTI.
Si arrastras un remolque o semirremolque con una masa máxima autorizada de hasta 750 kilos, las obligaciones no terminan ahí. También será necesario llevar la tarjeta de inspección técnica del remolque y en la tarjeta del coche deberá indicarse que dispone de un sistema de enganche compatible.
Otro aspecto importante: los documentos deben ser originales. Sólo podrán ser sustituidos por fotocopias si están correctamente cotejadas. De hecho, llevar contigo una copia no válida puede equivaler a no tener la documentación requerida en tu coche.
¿Y la aplicación miDGT? En este caso podrás mostrar la matrícula del coche en formato digital y es tan válida como la física, aunque sólo podrás acceder a ella si eres el propietario del vehículo o si otra persona comparte la titularidad.
De 10 a 500 euros: multa por falta de documentación

Las sanciones para quienes no tienen permiso de conducir no siempre son exorbitantes. Depende mucho del caso. Si el vehículo está correctamente matriculado y la documentación en regla, la infracción es leve, con multa simbólica de 10 euros y sin pérdida de puntos.
La sanción cambia significativamente si la licencia de conducir no está actualizada. En este caso, la multa puede ascender a 80 euros considerando la falta de actualización administrativa.
¿Qué pasa si el vehículo no tiene permiso de circulación? En ese caso la multa puede llegar hasta los 500 euros, y ya estaríamos hablando de una situación mucho más grave.
Algo parecido ocurre con la tarjeta ITV. Es obligatorio llevarlo en el coche y además pegar la etiqueta V-19 en el parabrisas. La multa es de 10 euros incluso en el caso de la tarjeta ITV. Aunque no contar con la inspección es otra historia.
No es lo mismo dejar la documentación en casa, pero teniéndola toda al día, que conducir un vehículo sin carnet o sin la ITV en vigor. Por lo tanto, Multas de hasta 500 euros corresponden a los casos más graves con coches que no cumplen los requisitos más básicos o no cuentan con la documentación adecuada.
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