Si la Unión Europea acaba prohibiendo las balizas V16 de la DGT, no te preocupes, nadie te devolverá lo que has pagado
La Dirección General de Tráfico (DGT) hizo obligatoria la luz intermitente V16 conectada a partir del 1 de enero de 2026. Así que, si quisieras cumplir con la norma, probablemente tengas esta luz de emergencia en tu guantera durante más de dos meses. El problema es este La Unión Europea podría asestar un duro golpe al tráfico.
“Que Europa cuestione la norma no significa que mañana te depositen el dinero del faro en tu cuenta”, explica Jesús, abogado de 51 años especializado en derecho europeo y de consumo. La Comisión Europea considera que España no ha notificado correctamente la norma, como exige la Directiva (UE) 2015/1535, abriendo así un debate jurídico que podría tener consecuencias sobre la legalidad de las balizas V16.
Ahora la Unión Europea no evalúa si el nuevo sistema de la DGT es correcto desde el punto de vista de seguridad o no. Simplemente se refieren a un defecto formal en la notificaciónpero no te engañes. Esto no significa que la DGT vaya a devolver masivamente el dinero gastado por cada conductor.
Así es el reproche de la Unión Europea al faro V16
El marco legal para todo este asunto está en la Directiva (UE) 2015/1535, que obliga a los estados miembros a comunicar cualquier proyecto de reglamento técnico a la Comisión Europea antes de aprobarlo para evitar conflictos con la normativa de la UE.
El problema aquí es este España no ha notificado a la Comisión Europea el Real Decreto que aprueba el uso obligatorio del faro V16según este procedimiento. Y el problema, en palabras de Stéphane Séjourné, vicepresidente ejecutivo de la Comisión Europea, es que puede dar lugar a procedimientos de infracción en virtud del artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
Por supuesto, dejemos las cosas claras. Bruselas no ha prohibido la baliza V16 ni ha criticado nada relacionado con su uso o su obligatoriedad. Lo que se cuestiona es si España respetó o no el procedimiento legal al no comunicar previamente la norma.
Jesús, abogado, insiste en esta diferencia: «Una advertencia de la Comisión no equivale a una cancelación automática. Para que la ley deje de aplicarse es necesaria una decisión judicial firme o una corrección reglamentaria. Es decir, hoy la obligación sigue vigente.
El Partido Popular Europeo se pregunta en cambio si la DGT violaría el artículo 18 del TFUE, ya que la luz intermitente V16 constituye «una carga jurídica y económica exclusiva para los conductores de vehículos matriculados en España, mientras que Los conductores de otros Estados miembros pueden viajar en el mismo territorio sin estar sujetos a esta obligación«. Es decir, argumentan si la ley puede de alguna manera violar un principio de igualdad de trato o discriminación.
¿La DGT te devolverá el dinero si cae la norma?

De momento esto no ha sucedido y, si sucediera, es muy probable que la DGT no devuelva el dinero gastado en el faro V16.
«No todas las normas anuladas generan un derecho automático a una indemnización», explica el abogado. Que el Estado tenga responsabilidad patrimonial, primero es necesario demostrar que existe daño realeconómicamente evaluables y causados por un funcionamiento anómalo de la Administración. Algo así como demostrar que la compra fue consecuencia directa de una obligación que ahora es ilegal y que no hay otra forma de compensar.
Legalmente no es imposible, pero sí bastante complicado que esto suceda, ya que la DGT ni siquiera se quedó con el dinero de los faros V16. De todos modos, ellos deberían ser los productorespero también es muy poco probable que acepten devolver millones de euros, sin ser compensados de alguna manera por la DGT.
Lo que sería más sencillo es Solicita una multa a la DGT por no haber traído el faro V16si la UE finalmente confirmara que este dispositivo no es legal debido a un defecto de forma.
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