Red Eléctrica pide al juez que oculte a Iberdrola y Endesa las grabaciones de sus centros de control del día del apagón
Red Eléctrica de España ha pedido insistentemente al juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama, que investigó el apagón ocurrido el 28 de abril de 2025, que no entregue a las compañías eléctricas implicadas en el proceso el grabaciones de conversaciones mantenidas desde sus centros de control ni los correos electrónicos relacionados con el ‘cero eléctrico’ que dejó a oscuras a toda España.
Una vez interpuestas las diligencias el 12 de enero, que el juez abrió para conocer si se había producido un ciberataque, Iberdrola se dio cuenta de que, aunque el secreto se había levantado el 22 de diciembre anterior, cierta información relevante no fue incorporada al procedimiento.
Y ello a pesar de que su entrega por REE a la Policía estuvo avalada por el instructor ya que así lo menciona en su expediente.
Calama basó su decisión, entre otros informes, en el emitido por el Comisionado General de Información «tras analizar las 8.028 grabaciones y 1.296 correos electrónicos, facilitados por REE, de las conversaciones e intercambio de información que tuvieron lugar desde los centros de control de la
período comprendido entre las 00 horas del 18/04/2025 y las 00 horas del 30/04/2025”.
Iberdrola solicitó entonces al instructor que requiera a la Policía que aporte al procedimiento toda la documentación relativa a la investigación que obra en su poder, para que pueda ser examinada antes de decidir si interpone o no el recurso del expediente.
REE se opuso inmediatamente a la petición de Iberdrola. Alegó que los materiales que entregó a la Policía son «confidenciales» y que están «información sensible» que fue proporcionada «únicamente para el análisis policial».
En otra carta, Red Eléctrica pedía a Calama que devolviera el material que había facilitado a los investigadores «una vez realizados los trabajos de análisis».
Días después, Endesa se sumó al pedido de Iberdrola. Sostuvo que «para decidir con conocimiento de causa si procede interponer el recurso de apelación [contra el archivo de la investigación]Es imprescindible el acceso material a todos los informes y soportes documentales a los que expresamente se refiere el auto como soporte de su decisión.
La empresa respondió también a las consideraciones sobre el carácter «confidencial» que la propia REE ha otorgado a la información facilitada a los agentes.
«Las comunicaciones que Red Eléctrica considera confidenciales podrían contener información de carácter trascendental y de interés público eso podría contribuir a determinar las causas que llevaron a lo que se conoce como el ‘apagón general'», respondió.
Sostuvo, además, que «el carácter sensible de determinada información técnica no puede erigirse como un obstáculo para el acceso a las actuaciones y soportes que han servido de base a la resolución impugnada, por exigencias del derecho de defensa y tutela judicial efectiva».
El «estoicismo» de REE
REE ha contraatacado con otro escrito en el que afirma que «ese carácter confidencial, del que Endesa es consciente, es el que quiere eludir con la intención de acceder a datos de Red Eléctrica que deben permanecer, por su naturaleza, en la estricta órbita del instructor, y no puede utilizarse una orden de archivo como medio de acceso ilegítimo a esa información».
«No puede utilizarse un recurso como justificación para intentar acceder a información confidencial que, por supuesto, no pretende servir a ningún fin de interés público, sino que tiende estrictamente a ‘scrapear’ datos que permiten a Endesa e Iberdrola ataque a Red Eléctricaun ataque que REE viene soportando estoicamente desde el 28 de abril de 2025, especialmente a través de las declaraciones realizadas por ambas entidades a los medios», sostuvo.
Mientras tanto, Iberdrola se ha opuesto a que las grabaciones de los centros de control y los correos electrónicos intercambiados sean devueltos a REE sin que las partes puedan conocerlos personalmente.
«Se trata de documentación y expedientes directamente relacionados con los hechos investigados», subraya.
La eléctrica recuerda el contenido del artículo 234 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que reconoce la participación de las partes derecho de acceso a la información existente en los procedimientos procedimientos judiciales y a consultar los escritos y documentos que en ellos aparecen «no declarados secretos ni reservados».
En este caso, en la resolución de archivo que Calama emitió el 12 de enero también negó a Red Eléctrica su solicitud de secreto parcial de determinadas actuaciones. Lo basó recordando que el levantamiento del secreto pactado veinte días antes no fue recurrido por REEpor lo que «no procedía solicitar posteriormente la declaración de secreto respecto de parte de ellos sin haber impugnado previamente la sustracción acordada».
Red Eléctrica ha respondido en un nuevo escrito que «están involucrados en el proceso y todas las partes han tenido acceso a todo el material recogido en esta investigación, que no coincide ni puede coincidir con todo el material analizado por la policía».
Según los alegatos, «es obligación de las fuerzas policiales, bajo la supervisión superior del juez que dirige la investigación, excluir del acceso o expulsar del caso todos aquellos materiales que, aunque analizados por la policía, no tengan relación con los delitos investigados».
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