desde deducciones por cobrar el SMI hasta cambios para desempleados
La campaña Renta 2026, correspondiente al ejercicio 2025, Comienza el 8 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio.manteniendo el calendario habitual de la Agencia Tributaria. La presentación se podrá realizar online desde el primer día, telefónicamente a partir del 6 de mayo y presencialmente entre el 1 y el 30 de junio previa cita. Este periodo concentra uno de los principales procedimientos tributarios del año, en el que los contribuyentes regularizan su situación ante Hacienda en función de los ingresos obtenidos durante el año anterior. Este es un proceso anual clave para determinar si se debe pagar o recibir un reembolso.
Están obligados a presentar la declaración quienes superen los umbrales establecidos en la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en particular en sus artículos 96 y 97. Con carácter general, no deberán declarar quienes perciban menos de 22.000 euros al año de un único pagador, mientras que el límite se reduce a 15.876 euros cuando sean varios pagadores y el segundo supere los 1.500 euros. En la práctica, muchos contribuyentes revisan el borrador facilitado por la Agencia Tributaria y recopilan su información fiscal para comprobar si el resultado será ingresar o devolver y aplicar posibles beneficios fiscales. Esta revisión previa permite detectar errores y optimizar la tributación dentro de la legislación vigente.
Las novedades más importantes de la campaña 2026
Entre las principales novedades destaca la deducción para contribuyentes con rentas bajas ligada al salario mínimo interprofesional. Esta medida permite una Reducción de hasta 340 euros para quienes perciban unos ingresos de unos 16.576 euros al año.disminuyendo progresivamente hasta desaparecer en niveles cercanos a los 18.276 euros. Su propósito es evitar que el aumento del salario mínimo se traduzca en una mayor carga tributaria efectiva para estos trabajadores. De esta forma, se refuerza la protección de las rentas más bajas dentro del sistema tributario.
Otro cambio relevante afecta a la fiscalidad del ahorro, lo que refuerza su progresividad. Las rentas de capital superiores a 300.000 euros tributan del 28% al 30%, configurando una escala que parte del 19% para los primeros 6.000 euros y va aumentando por tramos hasta alcanzar esa tarifa máxima. Esta modificación aumenta la carga tributaria sobre las rentas del gran ahorro sin alterar la estructura general del impuesto. El objetivo es equilibrar la contribución tributaria entre los diferentes niveles de ingresos.
Beneficios para obras de mejora de la eficiencia energética
También siguen vigentes las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, que permiten reducir el tipo impositivo en dependiendo del tipo de actuación realizada y del ahorro energético conseguido. Estas deducciones pueden alcanzar porcentajes elevados sobre las cantidades invertidas, siempre que se cumplan los requisitos técnicos requeridos, como la acreditación mediante certificados energéticos y la realización de pagos a través de medios bancarios. Estas medidas buscan fomentar la rehabilitación del parque inmobiliario con criterios de sostenibilidad.
Los beneficiarios del desempleo no están obligados a declarar
El conjunto de novedades se completa con ajustes técnicos y la continuidad de determinados supuestos de exención incluidos en el artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, especialmente en lo relacionado con las ayudas públicas extraordinarias. Además, como novedad relevante, en este ejercicio obligación de declarar para los beneficiarios de prestaciones por desempleo cuando no superen los límites generales establecidos, equiparándolos al resto de contribuyentes.
Hasta ahora, estos beneficiarios debían presentar la declaración independientemente de sus ingresos, pero a partir de 2025 sólo se les exigirá si superar los umbrales antes mencionados en función de los pagadores. En su conjunto, la campaña incorpora cambios relevantes en aspectos concretos, aunque sin modificar la estructura básica del impuesto. Todo ello obliga a los contribuyentes a prestar especial atención a su situación fiscal específica.
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