Un año y medio de prisión por dejar doce días sin luz a su exmujer y sus tres hijos menores en Palma
Un año y medio de prisión es la condena que tendrá que cumplir un acusado que ha sido declarado culpable de un delito de coacciones. El acusado cortó la electricidad del domicilio en Palma donde residía su expareja, junto a sus tres hijos menores. El domicilio permaneció durante doce días sin suministro eléctrico, con las molestias que ello ocasiona, sobre todo, como es el caso, coincide con los meses de mayor calor.
[–>[–>[–>El acusado había sido previamente denunciado por su exmujer tras protagonizar un incidente de violencia de género. Fue detenido y permaneció dos días en el calabozo. Después fue presentado ante el juzgado de Violencia de Género de Palma, que decretó su libertad, si bien impuso una serie de medidas. Le prohibió acercarse o comunicar con su expareja, a la que se concedió el derecho a seguir residiendo en el domicilio familiar.
[–> [–>[–>El contador de luz del piso estaba a nombre del acusado, de nacionalidad polaca. El hombre llamó por teléfono a la compañía que suministraba la electricidad y anunció su deseo de dar de baja el contador. La llamada se produjo en el mes de junio del año 2023 días después de quedar en libertad.
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La orden del cliente se cumplió de inmediato y la compañía dejó sin electricidad la vivienda. La mujer necesitó hasta doce días para solventar el problema, que se resolvió con un nuevo contrato con otra compañía eléctrica. Sin embargo, durante estas casi dos semanas los perjuicios que sufrió la víctima y sus hijos fueron muchos. Por ejemplo, no se podía utilizar ningún tipo de electrodoméstico, ni tampoco el aire acondicionado. Tampoco se pudo acceder a internet. Los jueces describen que esta situación provocó en la familia un sentimiento de angustia, sobre todo a los niños, que empezaron a tener miedo por la situación que se estaba produciendo.
[–>[–>[–>Segunda denuncia
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La mujer fue la que presentó esta segunda denuncia contra su expareja. En la investigación se demostró que había sido el varón el que había ordenado la baja del contador eléctrico. La compañía aportó la grabación y en ella quedaba muy clara la orden que había transmitido a la persona que le había atendido por teléfono. El acusado alegó que se trató de una confusión porque no domina el castellano, pero el tribunal incide en que no existe ninguna duda, porque así se refleja en la grabación, de que la intención del acusado era precisamente la de dejar sin electricidad la vivienda para perjudicar a su exmujer y de paso a los tres menores.
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Para el tribunal, este tipo de comportamiento no es un hecho menor. Se señala que «la privación energética obstaculiza el normal desenvolvimiento de la vida cotidiana y condiciona la voluntad de la víctima».
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[–>Tampoco interpreta el tribunal que se trató de un hecho puntual y de una molestia leve. «Obedeció a la decisión deliberada del acusado de cursar la baja del contrato con la compañía suministradora dejando a los ocupantes de la vivienda sin acceso continuado a un servicio esencial«. Y en este sentido añade que «la electricidad constituye en la actualidad un recurso imprescindible para el normal desarrollo de la vida cotidiana y su supresión prolongada, máximo en periodo estival, afecta de forma relevante a la habitabilidad del domicilio y compromete necesidades básicas como la conservación de alimentos, la climatización mínima o el uso de dispositivos indispensables».
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Delito grave de coacciones
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Por lo tanto, siguiendo este argumento, para los jueces la decisión de cortar la electricidad de un domicilio, con la presencia de una familia con niños pequeños, no puede considerarse una mera molestia, sino que constituye un delito grave de coacciones.
[–>[–>[–>Además de la pena de prisión, el tribunal también impone al acusado que debe indemnizar a su expareja con la cantidad de 2.000 euros por los perjuicios que ocasionó su decisión de cortar la electricidad del domicilio. Los jueces consideran que la pena y la sanción económica es proporcionada a la gravedad de los hechos y sobre todo a las molestias que tuvo que tuvieron que soportar los perjudicados por esta coacción.
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