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La Fiscalía rechaza la semilibertad de la ex dirigente etarra, Anboto, por un tercer grado «encubierto»

La Fiscalía rechaza la semilibertad de la ex dirigente etarra, Anboto, por un tercer grado «encubierto»
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  • Publishedabril 10, 2026


La Fiscalía de la Audiencia Nacional presentó un informe en el que se opone al régimen de semilibertad otorgado a Soledad Iparraguirreconsiderando que la medida aplicada no cumple con los criterios del sistema penitenciario.

El fiscal Carlos García Berro transfirió sus funciones al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, que deberá decidir si mantiene, modifica o revoca la situación del detenido.

El informe analiza la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que permite flexibilizar el régimen de cumplimiento en casos concretos. Sin embargo, la fiscalía sostiene que su uso en este caso representa un desviación de su objetivo.

El documento señala que esta vía constituye una fórmula “disfrazada” para el acceso al tercer año. «No puede funcionar como un estudiante de tercer año.«, especifica el fiscal, que recuerda que este mecanismo está destinado a situaciones concretas y no a establecer un régimen de salida ordinario.

Según el argumento, el sistema aplicado permite al detenido realizar actividades diarias al aire libre en doble franja horaria, patrón que, a juicio del fiscal, se corresponde con el penitenciaría de tercer grado.

Principio de progresividad

El informe también advierte sobre un «violación frontal del principio de progresividad“La fiscalía recuerda que la condenada no ha cumplido las tres cuartas partes de su condena y que sólo se benefició de un permiso de dos días.

Con base en esta información, se considera que no se siguió la ruta habitual, que incluye la concesión de permisos progresivos que permitan valorar la evolución del detenido. “La progresividad es un principio estructural del sistema penitenciario, cuyo fracaso es particularmente grave en los delitos terroristas«, dice el documento.

Falta de justificación reforzada

Otro de los argumentos presentados se refiere a la motivación de la medida. El fiscal señala un “falta de motivación reforzada«, siendo una persona condenada por delitos de especial gravedad.

El informe destaca que la resolución no detalla por qué Se elimina el proceso progresivo, por lo que se considera suficiente un único permiso para autorizar las salidas diarias.

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