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se queda sin protección legal para su imagen corporativa

se queda sin protección legal para su imagen corporativa
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  • Publishedabril 11, 2026



digi sufre un severo revés legal al quedarse sin la propiedad intelectual de su marca. El operador rumano llevaba año y medio intentando registrar su nuevo logotipo, pero la Unión Europea lo ha rechazado definitivamente, a medida que avanza El confidencial. Por tanto, el logotipo quedará libre de derechos y podrá ser usurpado y explotado por la competencia sin que la empresa pueda reclamar. su uso exclusivo.

La UE rechaza la nueva imagen corporativa de Digi

Digi lanzó su nueva imagen corporativa en noviembre de 2024, coincidiendo con el inicio de su actividad corporativa en Portugal. El nuevo logotipo, con letras más redondeadas y un color azul más intensose estrenó en España en diciembre de 2024 y a lo largo de 2025 aterrizó en sus tiendas, vehículos, stands, cartelería y canales digitales, así como en routers de fibra.

Este completo proceso de renovación del logo y colores corporativos requirió grandes inversiones por parte de la empresalo que dejaba atrás el logo celeste con letras más aplastadas que llevaba vigente desde el lanzamiento de la compañía en España en 2008.

Antes de lanzar la nueva imagen corporativa, en agosto de 2024, la empresa Bermejo & Jacobsen Patentes-Marcas SL. registró una solicitud para registrar el nuevo logotipo de su cliente Digi Rumania SA en el Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO). En ningún caso se pensó que tendrían problemas para realizar el trámite.

Nada podría estar más lejos de la verdad. El procesamiento no ha ido como se esperaba. La resolución de la EUIPO del 11 de marzo a la que ha tenido acceso El confidencial establece que Digi «No ha abonado la tasa de recurso ni ha enviado el recurso en el plazo establecido»algo que debieron haber hecho antes del 10 de noviembre, dos meses después de que fueron informados de la denegación del registro. De no hacerlo, los procedimientos concluidos el 6 de enero de 2026. De este modo, la EUIPO considera que “Teniéndose por no interpuesto el recurso, la resolución impugnada queda firme”.

Sede de Digi en Madrid. Foto: EuropaPrensa.
Sede de Digi en Madrid. Foto: EuropaPrensa.

Los motivos del rechazo.

El rechazo de la EUIPO se debe a dos motivos concretos. Por un lado, se considera que «la expresión ‘DIGI’ se entiende inmediatamente como abreviatura de «digital» por una parte significativa del público de la UE». Aunque está abreviado, se entiende que es «de carácter descriptivo» y creen que «se percibirá como una indicación informativa de que los productos/servicios son digitales, se ofrecen/ejecutan por medios digitales o utilizan tecnología digital».

En este contexto, Digi argumentó que su marca es reconocida en muchos países y que los consumidores asocian su imagen corporativa con la empresa luego de más de diez años en el mercado. Sin embargo, la EUIPO insiste en que «El consumidor de habla inglesa previsto entenderá la expresión ‘DIGI’ como ‘digital’.»

Por otro lado, creen que no tiene un carácter distintivo. Desde el punto de vista de los examinadores, la tipografía y los colores del logotipo son elementos que no resultan «llamativos, sorprendentes o inusuales, ni capaz de generar un recuerdo inmediato y persistente en la mente del consumidor. Su justificación es que «cuanto más legible, menos distintivo será el signo» y que, en este caso particular, «no requiere sin esfuerzo mental por parte del consumidor para interpretar el mensaje descriptivo que transmite la marca.

Con esta resolución, el cuarto operador de telecomunicaciones de España Puedes seguir usando tu logo, pero no tendrá derecho a reclamar un uso exclusivo si otra empresa usurpa esa identidad. Además, te devolverán los 720 euros que pagaste.






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