¿Cómo es posible que propietarios corran el riesgo de ser desahuciados de la casa que compraron hace 50 años en Madrid? Un abogado lo explica
El abogado Manuel Hernández ha explicado en La Roca los motivos por los que los propietarios de 68 viviendas en distintos barrios de Madrid corren el riesgo de ser desalojados. La clave es que estos propietarios No inscribieron la vivienda en el Registro de la Propiedad cuando lo compraron hace 50 años.
Y, como ha señalado el abogado, «no es obligatorio» registrar una vivienda en el Registro de la Propiedad al comprarlo. «De hecho, el Registro de la Propiedad se creó con la idea de constituir hipotecas, es decir, que las garantías hipotecarias tuvieran plena seguridad a la hora de poder gestionar el préstamo y que tuviera esa garantía sobre el inmueble que se estaba endeudando. Y, de hecho, la ley que regula el Registro de la Propiedad se llama Ley Hipotecaria», explicó.
Así, el abogado ha defendido que «cuando uno adquiere un inmueble debe inscribirse en el Registro de la Propiedad». «Si no lo haces lo que puede pasar es que quien me lo vendió, o sea, el vendedor lo vende nuevamente a un tercero«, advirtió, tras lo cual agregó que esto «es una doble venta y es una estafa».
Sin embargo, el experto ha advertido que «las estafas caducan a los cinco años» y ha subrayado que «lo que pasa en este caso es que la doble venta, o en este caso tres ventas, se realizó en 2019, lo que supone posiblemente haya prescrito en el ámbito penal Y luego pasamos al ámbito civil».
«Lo que ha pasado aquí es que una empresa ha entrado en quiebra, ha liquidado los activos y dentro de esa liquidación de los activos Había algunas propiedades que no estaban registradas.que son esas 68 viviendas, y las ha vendido a un tercero, porque ya estaban vendidas antes, y ese tercero las ha inscrito, las ha inscrito en el Registro de la Propiedad y se las ha vendido a otro», explicó el abogado.
Además, Hernández ha advertido que Este no es «un caso aislado en absoluto». «Nosotros en la oficina tenemos uno vivo y hemos tenido muchos de este tipo. Y es más, en Protección Oficial hay mucho, porque en Protección Oficial, en los años 70 y 80, la financiación habitual no era la hipoteca, sino el precio aplazado con resolución contractual, entonces no había hipoteca como tal, sino que todo se firmaba mediante contrato privado».
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