Condenan a tres años y medio de prisión a un hombre por abusar sexualmente de un joven invidente con una discapacidad del 96%
EL Audiencia Provincial de Málaga condenado tres años y seis meses de prisión a un hombre por uno delito de abuso sexual cometido contra un joven de 24 añosciego y con una discapacidad física del 96%. Además de la pena de prisión, la sentencia impone una indemnización de 18.000 euros por el daño moral causado a la víctima, así como siete años de libertad supervisada con medidas cautelares y prohibición de comunicación.
Según la resolución judicial, a la que tuvieron acceso varios organismos, el imputado gestionaba un establecimiento de hostelería en un pueblo malagueño que el joven frecuentaba habitualmente con el acuerdo de su familia. Aprovechando esta relación de confianza y la particular situación de vulnerabilidad de la víctima, el imputado lo llevó en su vehículo en mayo de 2022 en un sauna de otra localidad de la provincia, a donde ambos ingresaron previo pago de la entrada.
Una vez dentro del local, y en compañía de un tercer hombre no identificadoel acusado cometió actos sexuales con el joven “con espíritu libidinoso”, según la sentencia. Tras los hechos, ambos abandonaron el establecimiento y, antes de marcharse, el acusado le advirtió que no comentara lo sucedido para evitar problemas con su familia.
El tribunal destaca en su decisión que la víctima tiene una discapacidad intelectualceguera total y algunas rasgos de personalidad que lo hagan especialmente influenciable Y sugestionablecircunstancias que condicionaron significativamente su comportamiento y su capacidad de consentir libre y conscientemente. Este punto fue tenido en cuenta por el Tribunal para valorar la gravedad de los hechos y la situación de especial vulnerabilidad en la que se encontraba el joven.
La sentencia fue pronunciada por acuerdo entre las partesdespués de que el fiscal, la acusación y la defensa del imputado hayan llegado a un acuerdo sobre los hechos y las sanciones solicitadas. El imputado admitió los hechos durante el juicio, lo que permitió cerrar el caso sin necesidad de una audiencia plena.
Además de la pena privativa de libertad, la sentencia establece una orden de libertad condicional por siete años. Durante este plazo, el condenado no podrá acercarse a menos de 1.000 metros de la víctima, de su domicilio u otros lugares que frecuenta, y no podrá comunicarse con ella por ningún medio. Asimismo, debes participar en programas de educación sexual.
En materia de responsabilidad civil, el imputado deberá pagar 18.000 euros por el daño moral causado. Las partes acordaron que esta cantidad se liquidaría mediante la transmisión de un inmueble sito en Mijas, cuya escritura ya ha sido incorporada al expediente. El tribunal también aplicó la circunstancia atenuante de la indemnización del daño.
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