cómo está regulado este derecho en España y cómo puedo pedirlo a mi empresa
La crisis por el aumento de los precios de los combustibles derivada de la guerra en Irán ha provocado que la UE plantee una serie de propuestas para reducir el impacto de los altos precios en ciudadanos y empresas.
Como informó ABC, el miércoles … mantuvo una reunión a puerta cerrada con los representantes permanentes de los países miembros en la que el Ejecutivo europeo propuso dos escenarios. El primero, el más favorable, la estabilización del conflicto y la reapertura de Ormuz, con lo que volvería el flujo de petróleo.
El segundo, pesimista, el de una guerra prolongada. Es entonces cuando la Comisión propone medidas concretas que pueden incluir jornadas obligatorias de teletrabajo.
Esta modalidad no es ajena a millones de trabajadores en nuestro país que ya tuvieron que quedarse en casa con la crisis sanitaria de 2020. Aunque el motivo ahora es muy diferente, algunos trabajadores siguen manteniendo este derecho en sus empresas. Las nuevas tecnologías han permitido incluso trabajadores remotos.
Cómo se regula el teletrabajo en España
En España, la ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia regula esta modalidad. Esta ley fue aprobada para desarrollar un marco legal a nivel europeo sobre las condiciones laborales de estas personas.
Esta ley establece que para que se considere teletrabajo debe representar al menos el 30% de la jornada laboral durante tres meses y que las empresas deben hacerse cargo de los costes (proporcionar el equipamiento) del teletrabajo, garantizar la privacidad y protección de riesgos laborales de su personal.
Además, se distingue entre trabajo a distancia, que se realiza en el domicilio u otro lugar elegido durante toda la jornada o parte de ella, y el teletrabajo, que se realiza mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicaciones.
Esta ley se aplica a todas las relaciones laborales de personas que cotizan dentro del régimen general tanto en el sector público como en el privado sin distinción del tamaño de la organización o del sector de actividad.
La ley establece claramente que el teletrabajo no puede ser impuesto unilateralmente ni por la empresa ni por el trabajador. Asimismo, la jornada laboral deberá cumplirse mediante registro y tener las mismas condiciones que las personas que acudan presencialmente a la oficina.
¿Puedo solicitar el teletrabajo a mi empresa?
El teletrabajo en las empresas suele estar regulado por convenios o normas internas. Sin embargo, los propios empleados también pueden solicitar a los departamentos de recursos humanos que teletrabajen en algunas circunstancias.
Cualquier persona puede solicitarlo, aunque tiene más fuerza si esa solicitud se realiza al amparo del artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores para conciliar la vida laboral y familiar. Este supuesto busca sobre todo facilitar el cuidado de los hijos menores de 12 años o de los cónyuges o parejas de hecho.
Para solicitarlo deberá hacerlo por escrito, especificando los motivos por los que lo solicita y cómo desea hacerlo: días, días o lugar desde el que va a trabajar. En un plazo de 15 días la empresa deberá negociar y dar respuesta a esta solicitud. De mutuo acuerdo, ambas partes pueden modificar el acuerdo inicial.
Tras conocer la noticia de la consolidación de la UE, tanto el ministro de Hacienda, Arcadi España, como la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, han reafirmado la condición voluntaria del teletrabajo en nuestro país.
En el caso del titular de Hacienda, pidió «prudencia y no adelantarse a los acontecimientos» para conocer el alcance de las medidas que la Comisión pone sobre la mesa: «En ese momento las estudiaremos».
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