Begoña Gómez se enfrenta a 24 años de cárcel que pide la acusación popular de Hazte Oír por cuatro delitos de corrupción
Hazte Oír, que lidera las acciones populares en el proceso contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha presentado esta mañana el auto de procesamiento en el que solicita para ella 24 años de prisión por presuntos delitos de malversación de caudales públicos, corrupción empresarial, tráfico de influencias y apropiación indebida.
Este escrito adquiere especial relevancia porque Las acusaciones populares son las únicas que ejercitan la acción penal.. El fiscal nunca ha visto delito alguno en la actividad profesional de Gómez, por lo que presentará conclusiones absolutorias, según fuentes del Ministerio Público.
De esta forma, se abre el juicio oral para sentar a Begoña Gómez en el banquillo ante un jurado popular Se producirá en su caso (hay varios recursos pendientes) con la única acusación de las acciones populares representadas por Hazte Oír.
Petición de sanciones
La acusación popular atribuye a Gómez de tres delitos de tráfico de influenciaspor lo que solicita un total de 6 años de prisión.
También solicita cuatro años de prisión como autor de un delito de corrupción en los negocios y seis años para malversacióntambién como autor.
Finalmente, exige ocho años de prisión como inducción al delito de malversación relacionado con la contratación de Cristina Álvarez como empleada temporal de la Presidencia del Gobierno como su asistente.
Para Cristina Álvarez un total de 22 años de prisión: ocho años como autor de malversación de fondos. Y, como cooperador necesario, seis años por apropiación indebida, cuatro años por dos delitos de tráfico de influencias y cuatro años por corrupción empresarial.
Para el tercer y último imputado, el empresario Juan Carlos Barrabés, solicitudes de acción populares seis años de prisión en total: dos por tráfico de influencias y cuatro por corrupción empresarial.
Influenciado por su vínculo con Sánchez
En la misma línea que las resoluciones dictadas por el juez instructor, Juan Carlos Peinado, el escrito de acusación de Hazte Oír sostiene que Gómez, desde que su marido fue elegido presidente del Gobierno, «incrementó su proyección institucional» y su «capacidad de influencia tanto en la Administración como en el sector privado».
También aumentó «su alcance de relaciones sociales y Posibilidades de acceder a directivos de grandes empresassiendo consciente en todo momento de todo ello y, por tanto, de la capacidad de influir en los demás a través de sus vínculos personales.»
También coincidió en la posibilidad de «utilizar medios y recursos públicos para fines privados, laborales, comerciales y/o universitarios».
La tesis acusatoria es que, a partir de junio de 2018, con su llegada a Moncloa, la esposa del jefe del Gobierno dio un «giro radical a nivel profesional».
En agosto de 2018 fue nombrada directora del IE Africa Center y estableció relaciones con la OMT, con Wakalua y sus colaboradores, como el Grupo Barrabés.
Mantuvo la codirección del Máster en Gestión de Fundraising de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), iniciado en el curso 2014/2015.
Y en 2020 impulsó la creación de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva.
Todo ello «a pesar de no disponer de titulación universitaria» y «sin un proceso de selección académica abierto y competitivo equiparable al ordinario de la Universidad Complutense».
La acusación da especial importancia a que en 2020 Gómez registró el nombre TSC Transformación Social Competitivael dominio transformatsc.org y luego la marca Plataforma Competitiva de Transformación Social transformatsc.org. También constituyó la sociedad mercantil Transforma TSC, SL
Él lo hizo»con la intención de vincular estos registros a la Cátedra (primero en proyecto y luego establecido) y el resultado tecnológico desarrollado en el mismo”. Y con el fin de “controlar, apropiarse y explotar exclusivamente en beneficio propio o de terceros (no de la UCM) la denominación y el desarrollo informático generado”.
«Presión moral» para contratar a Cristina
Respecto a Cristina Álvarez, la acusación señala que Begoña Gómez ejerció un «presión moral eficiente «sobre la voluntad de los participantes» en el proceso de contratación de su asistente, por motivos de amistad y «alterando el proceso motivador de tal nombramiento», ya que «no se valoró la falta de experiencia laboral previa en cuestiones protocolares (…) ni su falta de cualificación».
Según la acusación popular, el desempeño laboral de Álvarez «nunca incluyó la gestión de la agenda privada, empresarial, laboral, universitaria o corporativa» de Begoña Gómez.
Por su parte, Barrabés sostiene que inició una relación profesional con Begoña en 2018 con la colaboración entre el IE Africa Center y Wakalua, plataforma formada por diferentes empresas como Globalia, Barrabés.biz y la Organización Mundial del Turismo.
Durante la pandemia, Barrabés mantuvo reuniones en Moncloa por invitación de Gómez «con el fin de crear un halo de institucionalidad y poder«.
La mujer de Sánchez, que también se reunió con Barrabés, le pidió ayuda para desarrollar los contenidos del máster que ella codirigía en la UCM.
En julio de 2020, coincidiendo con las reuniones en Moncloa, Begoña Gómez firmó cartas de apoyo a la UTE que lidera Barrabés en el proceso de adjudicación de contratos de Red.es.
Hazte Oír destaca que estas cartas no estaban firmadas por el codirector del Máster, José Manuel Ruano. ya que «no era la firma de la esposa del presidente del Gobierno» y todo ello «a pesar de dirigirse a una institución pública subordinada al Gobierno que preside su marido».
Tanto el firmante como el destinatario de la carta de recomendación «eran conscientes de la trascendencia y capacidad de influencia de tal firma a la hora de ser aportada a un procedimiento de adjudicación».
Según la acusación popular, esas cartas «Influyeron en los funcionarios y autoridades que debían decidir sobre los premios».
Begoña los escribió «aprovechándose conscientemente de su condición» de esposa de Sánchez y «ejerciendo una eficiente presión moral sobre la voluntad de los implicados en la adjudicación para que ocurriera lo mismo en favor de las empresas vinculadas a Barrabés, alterando su proceso motivador».
El empresario «aceptó libre y voluntariamente tal influencia».
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