Cuándo puede el banco cambiar las condiciones de nuestra cuenta
La cuenta bancaria donde llega la nómina o la pensión, donde se domicilian la mayoría de los recibos o donde se cobra la hipoteca o el alquiler es uno de los productos bancarios que quedan olvidados por los consumidores como es … una herramienta muy útil aunque casi sin cambios… hasta que llegan. Las instituciones financieras pueden modificar las condiciones de estos productos y no siempre tienen que notificarlo a los propietarios. Con lo cual, llega la desagradable sorpresa.
En términos generales, los términos pactados de las cuentas de pago (a la vista, corrientes, etc.) se incluyen en contratos que normalmente no tienen fecha de finalización. No son como un préstamo, que tiene un plazo determinado, por lo que Su vida útil puede ampliarse a lo largo de meses y años cayendo en el olvido. Esta duración, que se denomina indefinida, es la que permite al banco cambiar las condiciones, pero siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.
¿Me beneficia o me perjudica? ¿Qué cambia?
La norma distingue dos tipos de cambios en las cuentas bancarias. Si esta modificación favorece los intereses del cliente, en este caso se podrán aplicar las modificaciones. instantánea sin necesidad de comunicar aviso previo. Suelen ser casos como la eliminación o reducción de las comisiones que el banco cobra al titular. Además, esa entidad financiera tiene la potestad de aplicar el cambio primero y comunicárselo al cliente después, aunque pasen varias semanas o meses.
Cuando favorezcan al cliente, como, por ejemplo, la eliminación o reducción del importe de las comisiones. En estos casos, las entidades pueden aplicar la modificación inmediatamente y notificarte posteriormente.
Puede ocurrir el caso contrario, que suele ser más común: que los cambios en las cuentas dañar a los titulares, como la aparición de nuevas comisiones o, en su caso, el incremento del importe de las cobradas hasta el momento. Aquí se debe advertir al cliente titular de la cuenta al menos dos meses.
¿Cómo y cuándo se debe comunicar?
En este contexto, el Banco de España recuerda que «es importante que sepas que cuando el banco comunica un cambio en las condiciones de tu cuenta, lo habitual es avisar de que dicha modificación se considerará aceptado tácitamente si no manifiesta expresamente su oposición antes de la fecha prevista.
Siempre hay que tener en cuenta que cualquier aceptación tácita -que no implique un documento adicional firmado- sólo tiene validez legal si ha sido pactado en el contrato y, a cambio, la cuenta podrá cancelarse de forma inmediata y gratuita, siempre y cuando la cuenta haya estado abierta durante al menos seis meses.
Si la entidad envía los avisos de modificación a través del buzón de banca en línea, también deberá enviar un SMS o correo electrónico para advertirles y asegurar a sus clientes que conocen los cambios que se les van a aplicar. Una vez pasado el plazo para comentarlos será como si los hubieras aceptado con tu firma.
Existe una excepción a la modificación de las condiciones de los contratos de cuenta: si la cuenta se utiliza exclusivamente para pagar la tarifa del préstamo, Se considera una cuenta instrumental, y en estos casos las condiciones del contrato deben seguir siendo las mismas mientras el préstamo siga vigente.
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