condenan a la gerente de una gasolinera por falsificar con un bolígrafo los pagos a un trabajador
Ver para creer. El juzgado de lo Social número 2 de Avilés ha condenado a un año de prisión a la administradora de una gasolinera por falsear con un bolígrafo los «recibís» firmados por un trabajador de unos atrasos recibidos. El denunciante solo percibió 900 euros, y tras el «trabajo» de la procesada, la documentación reflejaba que había cobrado 6.900 euros.
[–>[–>[–>El caso llegó a los juzgados porque el trabajador demandaba unas retribuciones pendientes de su contrato, que ascendía a 6.113,40 euros. En el juicio, la empresa, con sede en Cudillero, defendía que había satisfecho más que esa cantidad, y mostró varios «recibí» firmados por el denunciante que, presumiblemente, lo demostraban.
[–> [–>[–>Así, la administradora de la empresa, mostró unos documentos en los que el denunciante habría firmado la recepción de 1.150 euros, 1.200, 1.100… y así hasta sumar 6.900 euros. Si bien, las cantidades entregadas al trabajador eran muy inferiores. Tanto como que la procesada había añadido un uno y una coma delante de cada montante abonado; es decir, que el perjudicado en realidad había cobrado 150, 200, 100 euros… Un informe de la Policía Científica concluye que los números uno y la coma fueron confeccionados con el mismo bolígrafo, pero en momentos diferentes al resto de la cifra. La procesada argumentó que los había ido escribiendo en la barra de la cafetería de la estación de servicio, y que como estaba siendo interrumpida por los clientes continuamente, no había continuidad en la forma de escribir.
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Otra de las pruebas que pesó a favor del denunciante, es el motivo por el que los pagarés asciendo a 6.900 euros, cuando la cantidad que se adeudaba al denunciante era de 6.113, 40 euros.
[–>[–>[–>Por todo ello, la titular del juzgado de lo Social número 2 de Avilés decidió condenar a la administradora de la empresa a un año de cárcel por un delito de falsedad en documento privado en concurso con un delito intentado de estafa procesal. Por otra parte, se absolvió a la empresa para la que trabajaba el perjudicado. La procesada recurrió el fallo, que ahora mantiene el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.
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