menos burocracia y más eficacia
El notariado español es desde hace más de veinte años un referente nacional e internacional en la lucha contra el blanqueo de capitales. El sistema se basa, entre otros, en dos pilares fundamentales: uno institucional y otro técnico.
El pilar institucional se basa en que el … El español confía al notario una función central y de acceso básico a la vida jurídica y económica, que nos permite tener información exacta, inmediata y contrastada de todos aquellos que comparecen ante nosotros: más de 45 millones de personas físicas y jurídicas, según nuestras bases de datos.
Y el notario, sobre todo, es accesible y cercano. Nuestra información es veraz, proviene de la inmediatez en el trato con las personas y del estudio de la documentación. Toda la vida jurídica de la mayoría de entidades ha pasado por nosotros, por eso sabemos quiénes son todos los socios. De hecho, las transmisiones de acciones que, contrariamente al texto de la Ley, escapan al control notarial, son residuales.
El pilar técnico de nuestra función tiene que ver con el uso masivo de datos de más de 8 millones de documentos que cada año autorizamos e intervenimos a más de 2.900 notarios españoles. Esta enorme cantidad de información sirvió para crear, entre otras herramientas, la Base de Datos de Propiedad Real, gestionada por el Consejo General del Notariado. Un registro que identifica quiénes son los beneficiarios reales de más de 3,3 millones de personas jurídicas, nacionales y extranjeras.
El régimen de creación y consulta de este registro se basa en el estricto cumplimiento de la normativa en materia de prevención de blanqueo de capitales y protección de datos. Simplificando: sólo pueden acceder a él las autoridades públicas (jueces, fiscales, fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, etc.) o los sujetos obligados que, tal y como prevé la norma, hayan suscrito un convenio con el Consejo General del Notariado que les permita realizar una consulta, siempre segura y trazable.
Uno de los puntos fuertes del sistema español de lucha contra el blanqueo de capitales es que la función notarial es muy eficaz ya que cuenta con herramientas muy potentes y su ámbito de actuación es muy amplio. Nuestro Organismo de Prevención Centralizado (OCP) y la gestión masiva de datos nos ofrecen un altísimo nivel de prevención. Esta idea es clave si pretendemos comparar el sistema español con otros europeos.
En ningún país europeo el notario tiene tantas herramientas para combatir el blanqueo de capitales y controlar el tráfico de acciones sociales como el notario español. Por eso en algunos de estos países, como Italia, es conveniente utilizar publicidad comercial. El riesgo es que, al permitir el acceso a documentos privados a nuestro registro, se destruya la sede electrónica de los registradores españoles como el registro mercantil británico, que está presidida por la siguiente advertencia: «El registro mercantil no verifica la veracidad de la información registrada.» A eso nos dirigimos con esta reforma.
En definitiva, conviene ser rigurosos y no corporativistas cuando hablamos de prevención del delito. Y si miramos a Europa, introduzcamos la comparación de registros mercantiles. En el resto de Europa son más eficientes, más baratos y generalmente están a cargo de funcionarios remunerados en un sistema que se limita a depositar documentos y verificar la legalidad formal. Por tanto, lo que es una anomalía es el modelo de registro mercantil español.
Sin olvidar, ya que miramos a Europa, que la normativa europea no reconoce a los registradores como sujetos obligados en materia de prevención del blanqueo de capitales, lo que demuestra que en España están, en esta materia, sobrevalorados.
La propuesta de reforma del sistema de transmisión de acciones sociales que pretende este Anteproyecto es, además, muy perjudicial para el tejido empresarial español y para la propia seguridad jurídica.
Podemos estimar que esta reforma tendrá un coste medio anual de unos mil euros por empresa. Tengamos en cuenta que el El 99,8 por ciento de las empresas son pequeñas y medianas empresas que estará plagado de excesos burocráticos y posibles ineficiencias de gestión. Sería mucho más eficiente, seguro, ágil, económico y menos burocrático si los notarios colaboraran con las empresas en el mantenimiento de su libro de registro de socios. De hecho, el notario ha identificado a todos los socios de más de 2 millones de entidades.
Además, La reforma propuesta afectaría gravemente a la seguridad jurídicaque quedaría completamente devaluado. El documento privado con firma electrónica no aporta seguridad, ni siquiera de la identidad del firmante. El sistema permitiría al hijo utilizar, por ejemplo, el certificado de firma electrónica de la madre y vender sus acciones. Es evidente que no es una buena idea y la normativa europea no recoge este despropósito.
En definitiva, el actual sistema español, que se basa en el control notarial, es muy eficaz aunque siempre susceptible de mejora. Adoptar la escritura notarial como requisito para la validez de las transferencias de acciones sociales incluso entre las partes y confiarnos la supervisión del libro registro de socios serían dos propuestas que darían mayor seguridad y control a las operaciones.
Pedro Rincón de Gregorio
Notario en Esplugues de Llobregat (Barcelona)
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