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El Supremo rechaza recurso de Ángel Ron contra una multa de 25.000 euros por Banco Popular

El Supremo rechaza recurso de Ángel Ron contra una multa de 25.000 euros por Banco Popular
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  • Publishedmayo 19, 2026



El Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremosección tercera, ha desestimado el recurso interpuesto por ángel ron contra sentencia de la Audiencia Nacional que condenó al expresidente de Banco Popular a una sanción de 25.000 euros por infracciones graves previstas en la Ley del Mercado de Valores.

La infracción cometida, sancionada por el Comisión Nacional del Mercado de Valoresconsistió en omisión de información o publicación de datos engañosos en informes anuales de hace más de diez años sobre las retribuciones de los consejeros ejecutivos del Banco Popular.

Al igual que Ángel Ron, otros miembros del consejo de administración de la entidad financiera fueron multados por el mismo motivo por el regulador del mercado español, sanciones que posteriormente han sido ratificadas también en los tribunales.

La defensa del expresidente del Popular argumentó en su recurso que el expediente analizado ya estaba caducado y que sea archivada, y exigió que solicite la nulidad de las resoluciones impugnadas, “por violación del principio de culpabilidad y responsabilidad personal (…)”.

Corte Suprema. Foto: Asociación de la Prensa de Madrid.
Corte Suprema. Foto: Asociación de la Prensa de Madrid.

En la reciente sentencia del Tribunal Supremo, de 7 de mayo, consultada por este diario, los jueces señalan que ya se habían seguido otros recursos anteriormente «presentadas por personas que, como el aquí recurrente, eran Directores de la misma entidad
financieras y a quienes se impusieron otras multas en la resolución de 29 de mayo de 2019 del Consejo de la CNMV.

El Tribunal Supremo razona los motivos por los que era necesario ampliar el plazo de tramitación del procedimiento sancionador -complejidad del expediente, abundante documentación, actuaciones procesales…-, así como otro de los motivos esgrimidos por los sancionados, mediante la solicitud de informe preceptivo a la Banco de España.

«Motivos que, por estar relacionados con este mismo procedimiento sancionador, pueden ser trasladados para resolver la cuestión planteada en este recurso», señala la reciente sentencia del Tribunal Supremo.

«Procede desestimar el recurso, ya que la sentencia impugnada se ajusta a la interpretación que acabamos de reiterar, sin que sea necesario analizar las demás cuestiones relacionadas con el fondo del asunto planteado en el escrito de presentación (…)”, concluye.

Fuentes cercanas a la defensa de Ángel Ron, consultadas por este diario, consideran que el Tribunal Supremo «no ha profundizado en el asunto«, y se sienten descontentos con la afirmación de que no hay caducidad.

Ángel Ron, que empezó a trabajar en el Popular a principios de los años ochenta del siglo pasado, fue nombrado presidente del grupo en 2004. Bajo su mandato, la entidad alcanzó un valor en Bolsa de unos 20.000 millones.

A finales de 2016, con las cuentas de la entidad empantanadas, el consejo de administración destituyó a Ángel Ron de su cargo, siendo sustituido por Emilio Sarachovicepresidente de JPMorgan.

Unos meses más tarde, la historia del banco creado en 1926 llegó a su fin. El Banco Central Europeo determinó el 6 de junio de 2017 que el Popular era inviable o lo sería en un futuro próximo. Santander decidió quedarse con Popular, acometiendo posteriormente una Ampliación de capital por importe de 7.000 millones de euros.

el juez José Luis Calamade la Audiencia Nacional, abrió juicio oral en noviembre de 2024 contra Ángel Ron y doce exdirectivos del Popular, por la ampliación de 2016, además de contra el auditor del banco, PwC, y dos de sus socios, imponiendo una fianza provisional de 2.277 millones de euros. El magistrado declaró en su auto a PwC que Santander como responsabilidades civiles subsidiarias.






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