Cómo recurrir una multa de hasta 900 euros por no identificar al conductor
Una multa de 300 euros por exceso de velocidad puede convertirse en 900 si la DGT te pide que identifiques al conductor y no respondes a tiempo. Y no, no basta con pensar ‘luego lo haré’. 20 días naturales Es todo lo que tienes. Pero esto es lo que muchos no saben: en varios casos esta sanción puede ser impugnada y ganada. Te lo diré.
La obligación de identificar al conductor surge cuando una infracción detectada por el radar, la cámara o el agente no nos permite ver quién iba al volante. La Administración envía una solicitud al propietario del vehículo. Y aquí empieza el baile: si la infracción original fue grave con pérdida de puntos o muy grave, estás obligado legalmente a decir quién conducía. De lo contrario, recibirá otra multa. Y gordo.
¿Por qué te multan tanto (y cuánto duele)?
Cuando te pilla un radar o un agente ve una infracción sin poder identificar al conductor, la DGT o el ayuntamiento envía una carta al propietario del vehículo: ‘dime quién iba al volante’. Para infracciones menores o graves sin puntos, no es necesario que responda, aunque hacerlo normalmente resolverá el problema antes. El problema se desencadena si la infracción original conlleva la retirada de puntos (exceso de velocidad grave, alcohol, uso del móvil durante la conducción). Aquí tiene requerido por la ley para identificar al conductor. Si no lo hace en el plazo de 20 días, se abre un nuevo expediente y se multiplica la multa.
La multa por falta de identificación es el doble de la multa original si fuere leve, y la el triple si fue grave o muy grave. Así, una infracción de 300 euros se convierte en 900. Y sin descuento por pago puntual. Pero no te quita puntos, al menos eso es todo.
Advertencia: 900 euros no son calderilla.
Casos donde puedes apelar y ganar el juego
No todas las multas por no identificar al conductor son definitivas. Hay varios escenarios en los que las acusaciones funcionan, especialmente si tienes pruebas. Te los detallo en esta lista:
- Vendiste el auto antes de la infracción. Si has entregado el vehículo y aún no se ha formalizado la transferencia en Tráfico, presenta el contrato de compraventa o justificante de la agencia.
- La notificación no te llegó correctamente. Si la solicitud se envió a una dirección anterior o nunca apareció en su bandeja de entrada de correo electrónico, es posible que haya un defecto de forma lo que invalida el procedimiento.
- Hay errores en los datos: inscripción incorrecta, DNI incorrecto, fecha incorrecta… Cualquier error administrativo es motivo de recurso.
- La foto del radar está borrosa. Si la imagen no revela quién conduce, no niega su obligación de identificarse, pero puede reforzar sus argumentos de defensa si también existen dudas sobre la propia infracción.
- Usted identificó al conductor a tiempo pero la Administración no lo registró. La clave aquí es conservar el comprobante de la presentación, porque te salvará.
- Era imposible saber quién conducía. Con varios conductores habituales del mismo coche y sin certeza sobre quién conducía ese día, algunos jueces han anulado estas multas, aunque exigen pruebas concretas.
Como puedes ver, el margen existe. Pero es necesario actuar con rapidez y con documentación.
Cómo recurrir la multa paso a paso
Una vez que esté seguro de tener motivos, el siguiente paso es presentar cargos. Sigue estos pasos y no te saltes ninguno.
- Revise el aviso: verifique qué agencia lo emitió, cuándo se informó y cuál fue la infracción original. Asegúrese de que la solicitud de identificación se haya realizado dentro de los plazos legales.
- Búsqueda de errores: consultar matrícula, nombre, dirección, fechas. Un error estúpido puede reducir la multa.
- Reúna pruebas: contrato de venta si vendió el automóvil, documentación en papel, capturas de pantalla de transacciones en línea, cualquier documento que pruebe su versión.
- Redactar y presentar cargos: Explique claramente lo sucedido y adjunte pruebas. Hágalo dentro del plazo indicado en la notificación (normalmente 15-20 días). Conserva el recibo de presentación, es tu seguro de vida.
- Si se desestiman sus cargos, aún puede apelar de revisión o recurrir a un litigio administrativo, aunque esto es más lento y costoso. Considere si vale la pena.
Y recuerda: cuanto más tiempo dejes pasar, más difícil te resultará defenderte. Si sospecha que tiene una multa pendiente, consulte sus notificaciones en Dirección electrónica o registrándose en la página web de la DGT. No dejes que 900 euros te pillen desprevenido.
Información útil para el conductor.
- Base jurídica: El artículo 9 bis del Real Decreto Legislativo 6/2015 (Código de Circulación), que regula la obligación de identificar al conductor en las infracciones con pérdida de puntos.
- Sanción: El doble de la cuantía si la infracción original fuese leve, el triple si fuera grave o muy grave; No hay descuento por pago puntual.
- Término para identificar: 20 días naturales desde la recepción de la solicitud.
- Consejo del motor 16: Si has vendido el coche, formaliza la transferencia lo antes posible y conserva una copia del contrato. El papel te salva.
- Curiosidad: En países como Francia, la obligación de identificar al conductor es aún más estricta y, en algunos casos, puede dar lugar a responsabilidad penal.
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