de los gastos de gestión a pedir más de un mes de fianza
Él Ministerio de Consumo ha identificado que cargo por gastos de gestión y pedir más de un mes de depósito están entre los cláusulas abusivas más frecuentes en contratos de alquiler de vivienda habitual.
El departamento de gobierno explica que estas acciones han sido declarado judicial o legalmente abusivopero que se siguen encontrando recurrentemente en la contratación inmobiliaria.
De esta forma, explica que solicitar el pago de los gastos de gestión o formalización del contrato deberá ser abonado por el arrendador con base en el artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), por lo que Las agencias no pueden traspasar estos costos a los inquilinos..
En este punto, advierte que esta prohibición se aplica «con independencia de la denominación que reciban dichos gastos, siempre que correspondan a servicios prestados en beneficio del arrendador», como alquilar el inmueble, gestionar visitas o recopilar información.
Por otro lado, según el artículo 36 de la LAU, se determina que en los arrendamientos de vivienda es obligatorio aportar una fianza equivalente a un mes de alquiler y que, además, se puede pactar una garantía adicional -para asegurar el cumplimiento del contrato por parte del inquilino- de que no podrá exceder de dos pagos mensuales de alquiler. Se considerarán abusivas todas las cantidades que excedan estos límites legales.
Otras prácticas abusivas
Otra de las prácticas abusivas más frecuentes es compensación por retraso en el desalojo. La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios permite la posibilidad de acordar previamente una indemnización por incumplimiento del contrato por parte del inquilino, siempre que no sea «desproporcionadamente elevada».
En este sentido, los tribunales han ido entendiendo que existe esta desproporcionalidad y, por tanto, la cláusula es abusiva, cuando la compensación asciende a cantidades que alcanzan el triple de la renta diaria del contrato.
También es habitual que el contrato incluya contenidos que no han sido negociados por ambas partes, pero impuesto unilateralmentepor eso todas las cláusulas deben incluirse de manera acordaday que la devolución de la fianza está ligada al cumplimiento de la totalidad de la duración del contrato, cuando por ley, el inquilino puede resolver el contrato con un preaviso de 30 días siempre que hayan transcurrido seis meses desde la firma del contrato.
Por último, también se ha comprobado que es frecuente imposición de costas procesales en forma general por incumplimiento de contrato. Los tribunales han considerado nulas aquellas cláusulas que imponen con carácter general al arrendatario la asunción de los gastos procesales derivados del incumplimiento contractual, incluidas las previstas en los artículos 394 y siguientes. de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).
Este tipo de estipulaciones suelen disponer de forma genérica que El inquilino deberá asumir todos los gastos legales.sin tener en cuenta las circunstancias del caso concreto, como la posibilidad de traspaso por parte del inquilino, la necesidad de reclamaciones extrajudiciales por parte del arrendador, o la concurrencia de dudas de hecho o de derecho que en cada caso concreto pueden exceptuar la regla general que se limita al cobro de la cláusula contractual.
La jurisprudencia ha señalado que la imputación de todos los gastos y costas judiciales al inquilino es causa de evidente abuso, además de contraria a las normas sobre costas.
Con todo esto, Consumo ha recordado a los inquilinos que pueden revisar sus contratos detectar posibles cláusulas abusivas y presentar las correspondientes reclamaciones para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de arrendamiento.
En este sentido, el Ministerio enviaremos estas cláusulas en los próximos días tanto a las organizaciones representativas del sector del arrendamiento -empresarios y agencias inmobiliarias- como a las entidades representativas de los inquilinos, incluidos sindicatos y asociaciones de consumidores y usuarios, con el objetivo de contribuir a prevenir posibles infracciones y promover la correcta aplicación de la ley.
La mayoría de estas prácticas ya estaban recogidas en un informe anterior encargado por el Ministerio de Consumo sobre cláusulas y prácticas abusivas en los contratos de compra y alquiler de viviendas.
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