¿Puedo exigir que mi comunidad apague la calefacción central si ya hace calor? La Ley de Propiedad Horizontal responde
La llegada preventiva de las altas temperaturas en gran parte de la Península Han provocado que se vuelva a poner sobre la mesa un clásico de la convivencia vecinal. Se ve que los termómetros llegan a los 30 ºC en las calles pero, aún así, la calefacción central sigue activada en los pisos porque así se acordó en su momento. y nadie se ha molestado en hacer una pequeña comprobación y concluir su servicio hasta que el frío vuelva a golpear a todos los españoles.
El resultado es todo un bochorno, y nunca mejor dicho. Por ello es recomendable consultar la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) para conoce los derechos que tienes respecto a este problema, y hay varios aspectos a tener en cuenta.
Lo primero que destaca es que La LPH no fija ninguna fecha específica de encendido o apagado. No existe ningún día como tal en el que se deba activar o desactivar la caldera. Por lo tanto, La decisión corresponde exclusivamente a la junta de propietarios. y, respecto del funcionamiento ordinario del servicio, una mayoría simple de los vecinos es suficiente.
Habría que convocar una reunión extraordinaria
Eso sí, si la reunión ordinaria fue en febrero y nadie quiso tratar el tema, la fecha de cierre seguirá siendo la misma. Es aquí donde entra en juego el artículo 16 de la LPH.que es la herramienta más útil para un propietario que ya no soporta el calor. cualquier vecino puede pregúntale al presidente convocar una junta extraordinaria, aunque También es suficiente la representación del 25% de los inquilinos. para poder concertar una reunión y discutir el tema.
Otra cuestión bien distinta es querer eliminar directamente la calefacción central o sustituirla por otros aparatos individuales.lo cual es cada vez más común en muchos hogares debido al auge de la aerotermia y la climatización con bomba de calor. Allí la exigencia es algo mayor. El artículo 17.3 de la LPH exige una doble mayoría de tres quintos del total de propietarios y, además, las cuotas de participación.

El Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios exige interrumpir el servicio cuando no sea necesario
Además, cabe señalar que renunciar al uso de la calefacción central no te exime automáticamente de pagar por ella. El artículo 9 de la LPH obliga a todos los propietarios a contribuir a los gastos generales del inmueble en función de su coeficientey la jurisprudencia ha repetido hasta la saciedad que cerrar los grifos de tus radiadores no significa ignorar el mantenimiento que requiere el servicio. Para Para ser exonerado se requiere acuerdo expreso de la comunidad..
Al lado del LPH está el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE), normativa dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y que establece que las instalaciones de calefacción deben disponer de sistemas de regulación capaces de ajustar el aporte calorífico a la demanda real e incluso interrumpir el servicio cuando no sea necesario.
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